Ordenanza: 6625
Año: 2017
Fecha de Sanción: 09-07-2017
Fecha de Promulgación: 20-08-2017
Resumen
Semana de la Donación de Organos en la última semana del mes de mayo de cada año.
VISTO:
La Ley Nº 24.193;
CONSIDERANDO:
Que “la donación de órganos es uno de los actos solidarios de mayor entrega que podemos realizar como seres humanos, es donar vida”
Que “ser donante de órganos, es haber tomado en vida la decisión de que algunos de nuestros órganos puedan ser extraídos de nuestro cuerpo después de la muerte, para ser implantados en pacientes en la lista de espera que los necesitan para mejorar su calidad de vida;
Que “desde el punto de vista científico no existe ninguna oposición al tema; muy por el contrario, aunque debemos reconocer cierta aprensión desde la óptica ética, filosófica y religiosa relacionada a la disposición misma del donante. Esta situación ha provocado que este avance científico de un indiscutible valor humano por la vida, no vaya acompañado por una plena conciencia de la sociedad”;
Que “la realidad nos demuestra como se toma conciencia sobre la importancia de donar órganos, tejidos y/o sangre en momentos en que los medios de difusión tratan casos de niños, cuyas vidas dependen de la aparición de un donante”;
Que “esta situación pone de relieve la existencia de una gran cantidad de casos en los que existe una decisión positiva de donar órganos, que queda en un registro nacional que posee el INCUCAI, entregándosele al donante un carné que lo identifica. Aunque no está legislado que esta acción sea reconocida por los familiares en un momento de gran dolor, queda presenta la voluntad del (presunto) donante la resolución que fue tomada en vida;
Que, “por tal motivo, es importante que este tipo de decisiones tengan un correlato formal que refrende la voluntad del donante, de manera tal que los familiares “aún por la negativa” tengan presente que están contradiciendo la expresa voluntad del mismo”;
Que “en la problemática de los trasplantes la información adquiere un rol central, por ello es imprescindible trabajar en la educación y en la concientización de la población para que se comprometa efectivamente en la donación y que se respete esa voluntad”;
Que cada 30 de mayo, desde 1997, se conmemora en Argentina el Día Nacional de la Donación de Órganos y Tejidos, la fecha fue establecida por el INCUCAI para recordar el nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz después de haber recibido un trasplante hepático en un hospital público de nuestro país. Representa una ocasión para reflexionar sobre la posibilidad de vivir y dar vida después de un trasplante;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
C O M U N I C A C I O N :
ARTICULO 1º.- Declárese en el ámbito de la Ciudad de Campana, la “Semana de la Donación de Órganos” a la última semana del mes de mayo de cada año. En dicha semana se promoverán propuestas y acciones para la toma de conciencia sobre la relevancia social de la donación de órganos y tejidos para trasplante, con carácter voluntario, altruista y desinteresado y solidario.-
ARTICULO 2.- Son objetivos de la presente Ordenanza los siguientes:
1) Favorecer la difusión de información sobre los conceptos, procesos e impacto de los trasplantes a través de los miembros de la comunidad educativa.
2) Promover la participación comprometida de todos los actores de las instituciones educativas y de sus respectivos entornos familiares en la generación de una cultura solidaria sobre la donación de órganos y tejidos para trasplante.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 20 días del mes de julio de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL MIRIAM CAZENAVE
Campana, 9 de agosto de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0740 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6625