Ordenanza: 6627
Año: 2017
Fecha de Sanción: 03-08-2017
Fecha de Promulgación: 18-08-2017
Resumen
Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Colegio de Abogados de Zárate-Campana y Municipalidad de Campana
VISTO:
El Decreto Nº 0262/2017, del Departamento Ejecutivo; el Convenio suscripto el día 8 de mayo del corriente año, entre la Municipalidad de Campana y el Colegio de Abogados de Zárate – Campana; y el Expediente Nº 4016-37.689-0-2017; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 11 luce copia del Decreto Nº 0262/2017, del Departamento Ejecutivo, mediante el cual se dispone la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Colegio de Abogados Zárate – Campana y la Municipalidad de Campana y sus subsiguientes Protocolos Adicionales con el objeto de establecer relaciones de complementación y cooperación para el respectivo desarrollo institucional e incremento de las capacidades de investigación tecnológica y de difusión del derecho, en pos de un mejor servicio a las necesidades de la comunidad, reconociendo a éstas como así también las cuestiones relativas a la solidaridad social, al empleo y asistencia legal gratuita a los ciudadanos de bajos recursos, según modelo obrante a fs. 4/5 del Expediente Nº 4016-37689-0-2017;
Que a fs. 12/13, luce copia del Convenio Original mencionado en el párrafo anterior, suscripto el día 8 de mayo del corriente año;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41º del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes Provinciales o Nacionales;
Que atento que el Honorable Concejo Deliberante a la fecha de dicho acto administrativo, aún no había iniciado su Período de Sesiones Ordinarias, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado conveniente proceder a su dictado “Ad-Referéndum” de su convalidación por dicho cuerpo; y
Que a fs. 17/18 la jefatura de Gabinete; la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos manifiestan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 14/16;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 0262/2017, del Departamento Ejecutivo, mediante el cual se dispone la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Colegio de Abogados Zárate – Campana y la Municipalidad de Campana y sus subsiguientes Protocolos Adicionales, con el objeto de establecer relaciones de complementación y cooperación para el respectivo desarrollo institucional e incremento de las capacidades de investigación tecnológica y de difusión del derecho, en pos de un mejor servicio a las necesidades de la comunidad, reconociendo a éstas como así también las cuestiones relativas a la solidaridad social al empleo y asistencia legal gratuita a los ciudadanos de bajos recursos, cuta copia firmada por las partes intervinientes luce a fs. 12/13 del Expediente Nº 4016-37.689-0-2017.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 03 días del mes de agosto de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 18 de agosto de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0761 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6627