DIGESTO

Expediente N°6643

Ordenanza: 6643
Año: 2017
Fecha de Sanción: 07-09-2017
Fecha de Promulgación: 15-09-201

Convenio Ministerio Social de la Nación y Municipalidad de Campana PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO

VISTO:

                        El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Nº 4016 – 16.682/2009, Cuerpo 6; y

CONSIDERANDO:

                        Que a fs. 1616/1623 luce Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Campana, cuyo objeto es reglar los mecanismos de cooperación, colaboración y articulación para la implementación del PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO – “Argentina Trabaja”, a fin de brindar capacitación a través de cursos y prácticas de formación socio productivas y tareas comunitarias a personas físicas en estado de vulnerabilidad social, como herramienta tendiente a mejorar su calidad de visa, futura inserción laboral, a través de la enseñanza y realización de actividades que adicionalmente redunde en beneficio de toda la comunidad;

Que el Programa Ingreso Social con Trabajo, “Argentina Trabaja” fue creado por la Resolución Nº 3182 del 6 de agosto de 2009 de dicho Ministerio, modificada por Resolución MDS Nº 592 del 26 de mayo de 2016;

Que los beneficiarios del Programa realizan, diariamente, actividades que mejoran la infraestructura de su barrio y en ese proceso nuevos conocimiento que colaboran al fortalecimiento de su autonomía y dignidad, reciben una ayuda económica que facilita la posibilidad de participar en los cursos y prácticas de formación;

Que en virtud de lo normado en el art. 41 del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes Provinciales o Nacionales; y

Que a fs. 1643, 1652/1653, la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; Jefatura de Gabinete; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, dictaminan que no poseen objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 1642;

POR ELLO:

                        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE  LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A :

ARTICULO 1º.-   Convalídase en todas sus partes el Convenio del 04 de octubre de 2016, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Campana, cuya copia obra a fs. 1642 del Expediente Nº 4016 – 16.682/2009, Cuerpo 6, cuya finalidad es reglar los mecanismos de cooperación, colaboración y articulación del Programa de Ingreso Social con Trabajo “Argentina Trabaja”, a fin de brindar capacitaciones a través de cursos y prácticas de formación socio productivas y tareas comunitarias conforme al Plan de capacitación General, en los espacios determinados para tal fin, según obrara en el Acta Complementaria que formara parte integrante del convenio suscprito.-

ARTICULO 2º.-   Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 07  días del mes de septiembre de 2017.-

       SERGIO D. ROSES                                                  CRISTINA G. DEL MARMOL                                           

           PRESIDENTE                                                                  SECRETARIA                                                             

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 15  de septiembre de  2017

Promulgada  por Decreto  Nº 0882  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

                    Secretario Técnico,                                                         Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

 

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