DIGESTO

Expediente N°6677

Ordenanza: 6677
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-12-2017
Fecha de Promulgación: 12-12-2017

solicita la exención de pago de la Tasa por Seguridad e Higiene correspondiente al año 2015 Adriana Mónica Rossetti.

VISTO:                        

El expediente Nº 4016-21.693-2015; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 la Señora Adriana Mónica Rossetti solicita la exención de pago de la Tasa por Seguridad e Higiene, correspondiente al año 2015;

Que a fs. 2/4 lucen copias del D.N.I. de la solicitante y de su hija, Lucía Milagros Salvadores y copia del Certificado de discapacidad de dicha menor;

Que a fs. 6 la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización         informa el listado de deuda que mantiene la institución con este Municipio;

Que a fs. 8 obra copia del Acta de Nacimiento de Lucía Milagros Salvadores;

Que a fs. 10 obra copia fiel de la encuesta socioeconómica abreviada.

Que a fs. 12/32 obra informe de Anses;

Que a fs. 34 de la anteriormente nombrada, Dirección General de Asuntos Legales no encuentra objeciones que impida la proyección de la Ordenanza especial que deberá ampararse en el Honorable Concejo Deliberante a los efectos de condonar la deuda del contribuyente;

Que a fs. 35 la entonces denominada Secretaría de Gabinete toma conocimiento, y sin objeciones que formular al respecto, remite las actuaciones para la confección del acto administrativo en cuestión;

Que a fs. 36 luce Certificado de discapacidad;

Que a fs. 37 se agrega constancia de deuda actualizada; y

 Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos manifiesta a fs. 43 que no posee objeciones que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 38/39;

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-   Condónase la deuda correspondiente al año 2015, a la Señora Adriana Mónica Rossetti D.N.I. 13.994.679, con domicilio en calle Luis Grassi Nº 86, de esta Ciudad, del pago de la Tasa por inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 24280-0.-

ARTICULO 2º.-   Dispónese que el beneficio que  se  concede   en   el  artículo  anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de las Tasas mencionadas en el mismo y solamente en el período indicado.-

ARTICULO 3º.-   Dispónese que el Departamento Ejecutivo efectuará  en  los  respectivos  registros el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de diciembre de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 12de diciembre de 2017

Promulgada por Decreto Nº 1266 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                  Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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