DIGESTO

Expediente N°6680

Ordenanza: 6680
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-12-2017
Fecha de Promulgación: 12-12-2017

Exención Tasa Barrido Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales por discapacidad a favor del Sr. Alberto Hilario CZERNACZUK.

VISTO:

El expediente Nº 4016-34.706/2016; y

CONSIDERANDO:

                              Que el Señor Alberto Hilario CZERNACZUK  a fs. 2, solicita exención de pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales por discapacidad;

Que adjunta copias de: Documento Nacional de Identidad a fs. 3,  Certificado de Discapacidad a fs. 5, Documento Nacional de Identidad y Certificado de Defunción de su esposa Consuelo Paez Vide a fs. 14, Título de propiedad del inmueble por el cual solicita la exención a fs. 15/20, informes de Anses a fs. 26/27 y Cuil y último recibo de jubilación a fs. 28;

Que la Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización a   fs. 31 informa el estado de deuda que mantiene el peticionante con este Municipio;

Que en Acta de Inspección obrante a fs. 33 se verifica el destino y funcionamiento del inmueble mencionado;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos a fs. 36 manifiesta, entre otras consideraciones que, se ha solicitado la exención de dicha tasa respecto del año 2016 y, toda vez que se trata de deuda correspondiente a un ejercicio anterior, el Departamento Ejecutivo debería elevar el Proyecto de Ordenanza, para que eventualmente el beneficio sea otorgado por el Honorable Concejo Deliberante; y

Que a fs. 39/40 la Jefatura de Gabinete; la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, manifiestan que no poseen objeciones que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 37;

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-   Condónase la deuda correspondiente a los años 2015 y 2016, al  Señor Alberto Hilario CZERNACZUK, D.N.I. Nº 4.738.973, con domicilio en calle Claudio Chapuis Nº 140, de esta Ciudad, de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, del inmueble con datos catastrales: Circunscripción II, Sección D, Manzana 40 C, Parcela 27, Contribuyente N° 149935-0.-

ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende                                      únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos enunciados.-

ARTICULO 3º.-   El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de diciembre de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 12 de diciembre de 2017

Promulgada por Decreto Nº 1269 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                  Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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