Ordenanza: 6699
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-12-2017
Fecha de Promulgación: 12-12-2017
Convenio Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y Municipalidad de Campana programa generación 3R
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016-11.686/2009; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo lucen los antecedentes de distintos actos administrativos, referentes a los Convenios de Cooperación Recíproca, suscriptos entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires (OPDS) y la Municipalidad de Campana, los cuales tienen por objeto realizar acciones y actividades conjuntas, en Jurisdicción del Municipio de Campana, para propiciar la implementación de una política destinada a concientizar, educar y fomentar la participación en la recolección y reciclado de aceite vegetal usado, en la Provincia de Buenos Aires;
Que a fs. 69, obra copia del mail enviado el día 26 de diciembre de 2016, por el Responsable del Área de Energías Renovables del mencionado Organismo, Sr. IVAS Hernán Gabriel, mediante el cual invita al Sr. Intendente Municipal Don Sebastián ABELLA, a participar de la firma de un nuevo Convenio de Cooperación y Asistencia Recíproca para implementar el Programa “AVU; Biodiesel a partir del aceite vegetal usado”;
Que a fs. 74/76, obra el correspondiente Proyecto de Convenio a suscribir entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio de Campana;
Que todas las condiciones específicas que regirán las acciones y actividades a realizar en el marco del indicado Convenio, se establecerán mediante el “Primer Protocolo Adicional al Convenio de Cooperación y Asistencia Recíproca entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio de Campana”, teniendo como objeto establecer los términos en los cuales la OPDS brindará cooperación, asistencia técnica y educativa, y por su parte el Municipio tendrá a su cargo la implementación del Proyecto Piloto “Biodiesel a partir de Aceite Vegetal Usado (AVU)”;
Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales; y
Que de acuerdo a lo actuado a fs. 93/95 por la Jefatura de Gabinete; la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, no existen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 89/90;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Cooperación y Asistencia recíproca entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y la Municipalidad de Campana, cuyo modelo luce a fs. 74/76 del expediente Nº 4016-11.686/2009, el cual tiene por objeto establecer entre ambas partes, una relación de colaboración e intercambio recíproco, destinado a la realización de acciones y actividades en jurisdicción del Municipio y en el marco del Programa Generación 3R aprobado por Decreto Nº 869/08, que propendan a: la participación de la comunidad en planes y programas de educación formal e informal para las diferentes etapas de la gestión integral de los residuos urbanos.-
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio, cuyo Proyecto denominado “AVU: Biodiesel a partir de Aceite Vegetal Usado”, obra a fs. 77/80 del expediente Nº 4016-11.686/2009, con los establecimientos generadores de aceite vegetal usado, para desarrollar actividades coordenadas en materia de recolección y acopio de aceite vegetal para su posterior transformación en biodiesel exclusivamente.-
ARTICULO 3º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones que demande el cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Convenios que se mencionan en los artículos 1º y 2º del presente Proyecto.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de diciembre de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 12 de diciembre de 2017
Promulgada por Decreto Nº 1290 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6699