Ordenanza: 6719
Año: 2018
Fecha de Sanción: 15-02-2018
Fecha de Promulgación: 23-02-2018
Convalidase en todas sus partes el Convenio Específico suscripto entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat, del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y la Municipalidad de Campana
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), y el Expediente Nº 4016-509/2018; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/25, luce fotocopia del Convenio Específico suscripto entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat, del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y La Municipalidad de Campana -CONVE-2016-04279227-APN-SECVY#MI- del día 5 de diciembre de 2016, mediante la cual dicha Secretaría, por intermedio de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano contribuirá a aportar los fondos a los fines de afrontar el gasto que irroguen los materiales y la mano de obra necesarios para la realización de las obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en el Barrio Colinas de Otamendi de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, conforme el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante del presente, en el marco del programa 37 “Acciones para la Provisión de Tierras para el Hábitat Social”;
Que a fs. 28 la Jefatura de Gabinete propicia la convalidación del Convenio Específico mencionado;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha intervenido y obra dictamen;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41º del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t,v), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Específico suscripto entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat, del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda y la Municipalidad de Campana, Nº CONVE-2016-04279227-APN-SECVY#MI, del día 5 de diciembre de 2016, mediante la cual dicha Secretaría, por intermedio de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano contribuirá a aportar los fondos a los fines de afrontar el gasto que irroguen los materiales y la mano de obra necesarios para la realización de las obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en el Barrio Colinas de Otamendi de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, conforme el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante del presente, en el marco del programa 37 “Acciones para la provisión de Tierras para el Hábitat Social”.-
ARTICULO 2º.– Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de febrero de 2018.-
Dra. ROMINA M. CARRIZO SERGIO D. ROSES
Secretaria “Ad-Hoc” PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Honorable Concejo Deliberante
Campana, 23 de febrero de 2018
Promulgada por Decreto Nº 0199 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6719