Ordenanza: 6726
Año: 2018
Fecha de Sanción: 05-04-2018
Fecha de Promulgación: 09-04-2018
Convenio Marco de Colaboración suscrito el día 20 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana.
El Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Marco de Colaboración suscrito el día 20 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana; y el expediente Nº 4016–1969–0–2018; y
Que a fs. 2/5 luce copia del Convenio Marco de referencia;
Que el objeto del mismo es fijar pautas y coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio para financiar la ejecución de la obra “Carpeta asfáltica en Barrio Villanueva”, permitiendo el desarrollo de políticas públicas de articulación entre el Estado Provincial y el Municipal;
En ese contexto el Señor Intendente Municipal ha concordado con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, celebrar un Convenio Marco por el cual el referido Ministerio otorga a la Municipalidad de Campana en concepto de subsidio, hasta la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 22.369.465,84) destinada a financiar la referida obra “Carpeta asfáltica en Barrio Villanueva”, con un plazo de noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha de la firma del Acta de Inicio de Obra, y la Municipalidad de Campana, encargada de la contratación, ejecución, inspección y mantenimiento de la obra y su posterior operación, se compromete a contratar los trabajos siguiendo prácticas de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y economía, para lo que el Ministerio prestará toda la colaboración y asistencia técnica necesaria, cuando el Municipio se lo requiera;
Que a fs. 7 la Jefatura de Gabinete se expide sin objeciones que formular respecto del Convenio Marco obrante a fs. 2/5;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos intervino y obra dictamen;
Que toda vez que el Intendente Municipal del Partido de Campana no tiene facultades para suscribir convenios, tácitamente el convenio fue suscripto “Ad-Referendum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Marco, suscripto el 20 de febrero de 2018, entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto fijar pautas y coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio otorgado por el referido Ministerio, para financiar la ejecución de la obra “Carpeta asfáltica en Barrio Villanueva”, hasta la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 22.369.465,84) y la Municipalidad de Campana, encargada de la contratación, ejecución, inspección y mantenimiento de la obra y su posterior operación, se compromete a contratar los trabajos siguiendo prácticas de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y economía, cuya copia luce a fs. 2/5 del expediente N° 4016–1969–0–2018.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 5 días del mes de abril de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO N° 6726
Campana, 9 de abril de 2018
Promulgada por Decreto Nº 0347 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal