Ordenanza: 6762
Año: 2018
Fecha de Sanción: 05-07-2018
Fecha de Promulgación: 26-07-2018
CON VETO PARCIAL
Declárase la emergencia sanitaria del Barrio Las Praderas de la Ciudad de Campana, por la falta de acceso al agua potable de más del cincuenta por ciento (50%) de sus habitantes, y la falta de acceso a un derecho humano esencial para la humanidad.-
VISTO:
La ausencia de provisión de red de agua potable en el Barrio Las Praderas de la Ciudad de Campana y el incumplimiento de la Ley Nº 14782; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 14782 dispone el acceso al agua potable y al saneamiento como un derecho humano esencial para la vida;
Que el acceso al agua como derecho humano, se entiende como el derecho de todas las personas a disponer de agua suficiente, saludable y accesible para el consumo y el uso personal y doméstico;
Que en el Barrio Las Praderas la mitad de los vecinos no cuentan actualmente con acceso al agua potable a través de una red que le de garantía de salubridad;
Que dicha población del Barrio Las Praderas, privada del acceso al agua potable, recibe dos veces por semana un regador municipal que le vierte agua en un tanque de 200 litros expuesto a la intemperie, con todos los riesgos que eso significa;
Que el riesgo a la salud de los niños, mujeres y hombre que habitan la parte del Barrio Las Praderas por carecer de acceso al agua potable es muy grave;
Que desde hace varios años venimos reclamando por la extensión de la red de agua potable a todos estos vecinos del Barrio Las Praderas, y que hasta la fecha no ha sido aprobado ni anunciado por el Departamento Ejecutivo;
Que la Empresa ABSA, concesionaria del servicio, viene aumentando en forma catastrófica las tarifas a los usuarios, pero nunca invierte dinero en la extensión de la red de agua potable a los vecinos que carecen de acceso, como son los del Barrio Las Praderas;
Que en consecuencia, resulta imprescindible pedir al Municipio de Campana que intervenga en forma urgente para realizar la implementación del servicio de agua potable a los vecinos sin acceso;
Que en la Municipalidad se vienen gastando millonarios recursos en embellecer la Avenida Rocca, que puede quedar muy bonita, pero no es prioritario comparado con la necesidad que están pasando los vecinos del Barrio Las Praderas que les llevan el agua en el regador;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Declárase la emergencia sanitaria del Barrio Las Praderas de la Ciudad de Campana, por la falta de acceso al agua potable de más del cincuenta por ciento (50%) de sus habitantes, y la falta de acceso a un derecho humano esencial para la humanidad.-
ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo asignará las partidas presupuestarias correspondientes a fin de realizar la obra de extensión de la red de agua potable en el Barrio Las Praderas de nuestra Ciudad.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 5 días del mes de julio de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 6762
Campana, 26 de julio de 2018.-
Promulgada por DECTO-2018-711-E-MUNICAM-INT, del 26 de julio de 2018 con el veto parcial indicado en dicho Decreto.-
Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dra. LUCIA DEL CARMEN SCHIRRIPA SEBASTIAN ABELLA
Directora General Intendente Municipal
Dirección General de Asuntos Judiciales
Delegación por Decreto N° 1434/17