Ordenanza: 6790
Año: 2018
Fecha de Sanción: 04-10-2018
Fecha de Promulgación: 23-10-2018
Becas Atletas de Alto Rendimiento
VISTO:
La Ordenanza Nº 6673/2017 (Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el año 2018), promulgada por Decreto Nº 1255/2017 del Departamento Ejecutivo; y el expediente Nº 4016-17.552/2009; y
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 15 se fija la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200.-) mensuales, para cada una de las Becas para Atletas Locales de Alto Rendimiento, en las condiciones y obligaciones establecidas en la Ordenanza Nº 5446/2009 (t.v.);
Que dicho monto resulta insuficiente y conforme a lo que antecede se propicia incrementar el importe a PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEITICINCO ($ 1.925.-) mensuales de enero a diciembre del corriente año;
Que corresponde modificar el mencionado artículo, a través de la norma legal correspondiente;
Que de acuerdo a lo actuado a fs. 556/559 por la Dirección de Presupuesto, la Contaduría Municipal y por la Secretaría de Economía y Hacienda, no existen objeciones de carácter presupuestario, contable y económicas ni financieras, respectivamente, que formular al respecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Modíficase el artículo 15 de la Ordenanza Nº 6673/2017(Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el año 2018), promulgada por Decreto Nº 1255/2017del Departamento Ejecutivo, el que queda redactado de la siguiente manera:
“ “ “ “ “ “ “ | ARTICULO 15º.- BECAS PARA ATLETAS LOCALES DE ALTO RENDIMIENTO: Las becas instituidas por la Ordenanza Nº 5446/2009 (t.v.), se otorgarán de conformidad con lo estipulado en dicha norma legal y serán abonadas mensualmente durante el año calendario con vigencia de trescientos sesenta y cinco (365) días, computados a partir de su otorgamiento formal, estableciéndose para cada una de las mismas el importe de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO ($ 1.925.-) por mes.-“.- |
ARTÍCULO 2º.- Retrotráese los efectos de la presente norma al día 1º de enero de 2018.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de octubre de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6790
Campana, 23 de octubre de 2018.-
Promulgada por DECTO-2018-1069-E-MUNICAM-INT, del 23 de octubre de 2018.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal