Ordenanza: 6807
Año: 2018
Fecha de Sanción: 22-11-2018
Fecha de Promulgación: 14-12-2018
Establézcase la obligatoriedad de publicar en el sitio web de la Municipalidad de Campana, toda la información referida a licitaciones públicas o privadas, concurso de precios, compras directas, como también al mecanismo de contratación directa que se denominó localmente como “licitación abreviada”, que se realicen para la adquisición de bienes, servicios, arrendamientos y obras públicas del Municipio de Campana.-
VISTO:
La necesidad de transparentar la gestión de los recursos públicos; y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Campana es un actor importante en la contratación y/o adquisición de bienes, servicios, arrendamientos y obras públicas;
Que tales actividades se realizan en su carácter de administrador de los recursos públicos locales, como así también provinciales y/o nacionales, según la fuente de financiamiento en cada caso particular;
Que en tal sentido es importante asegurar el correcto uso de los mencionados recursos, mediante la implementación de altos estándares de control;
Que para ello es requisito fundamental la transparencia de los actos de gobierno, facilitando las tareas de control por parte de los organismos pertinentes, de las instituciones y, en última instancia, de la sociedad en su conjunto en nombre de la cual se administran esos recursos;
Que internet constituye una herramienta ineludible para modernizar y transparentar las citadas actividades;
Que la transparencia es un valor que se verifica si se lo practica;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Objeto: Establézcase la obligatoriedad de publicar en el sitio web de la Municipalidad de Campana, toda la información referida a licitaciones públicas o privadas, concurso de precios, compras directas, como también al mecanismo de contratación directa que se denominó localmente como “licitación abreviada”, que se realicen para la adquisición de bienes, servicios, arrendamientos y obras públicas del Municipio de Campana.-
ARTICULO 2º.- Publicación de adjudicaciones: Deben publicarse en el referido sitio web los resultados de las adjudicaciones dentro de los treinta (30) días después de acontecidas, incluyendo el detalle de la operación y los valores totales y parciales adjudicados.-
ARTICULO 3º.- Apertura de licitaciones: A efectos de facilitar y simplificar los trámites previos a la presentación de ofertas, se debe implementar un sistema informático que permita reconocer:
- Cuál es la documentación necesaria para participar en el Registro Único de Proveedores Municipales (RUP);
- Los pliegos de bases y condiciones en cada licitación; y
- Las disposiciones legales que regulan el sistema de contrataciones de la Municipalidad.-
ARTICULO 4º.- Acciones del Departamento Ejecutivo: El Departamento Ejecutivo, debe afectar los recursos humanos necesarios y realizar todas las evaluaciones técnicas necesarias conducentes a la implementación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5º.- Presupuesto: Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ordenanza, deberán solventarse con recursos del Presupuesto corriente en la Secretaría de Economía y Hacienda y/o de la Secretaría de Modernización. De no existir partida disponible al momento de la sanción de la presente, dispóngase la misma en el presupuesto del ejercicio siguiente.-
ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 22 días del mes de noviembre de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL MARIA SOLEDAD CALLE
REGISTRADA BAJO EL N° 6807
Campana, 14 de diciembre de 2018.-
Promulgada por DECTO-2018-1281-E-MUNICAM-INT, del 14 de diciembre de 2018.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal