Ordenanza: 6812
Año: 2018
Fecha de Sanción: 22-11-2018
Fecha de Promulgación: 14-12-2018
Sobre establecimientos minoristas
VISTO:
La Ordenanza Nº 5552/2010 y su modificatoria, Ordenanza Nº 6721/2018; y
CONSIDERANDO:
Que las mismas reglamentan el funcionamiento de los denominados “establecimientos polirrubros” con base en la comercialización de productos alimenticios, y que debida a la actual situación económica, se hace menester regular el comercio de los establecimientos polirrubros;
Que hemos recibido la inquietud de varios comerciantes de diferentes barrios que solicitan una delimitación más equitativa y coherente a fin de proteger el comercio local;
Que resulta necesario en el ámbito de este Municipio sancionar una Ordenanza que reúna normativa vinculada con la determinación de distancias de los comercios de diferentes rubros;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 7º de la Ordenanza Nº 6721/2018, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ | ARTÍCULO 7º.- Los establecimientos de comercialización minorista o mayorista que realizan ventas minoristas, de múltiples rubros con base en la alimentación, y cuya superficie se encuentra entre SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (61 m2) y NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (900 m2.), medidos según lo establecido en el artículo 2º, no podrán instalarse a menos de SETECIENTOS METROS ( 700 m.) de otro del mismo rubro con habilitación vigente al momento de la promulgación de la presente Ordenanza; como así tampoco se podrá dar lugar a la habilitación de los rubros de carnicerías, verdulerías y/o fiambrerías, dentro de los mismos si es que existe algún comercio habilitado de alguno de estos rubros a menos de TRESCIENTOS METROS (300 m.).-“.- |
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 22 días del mes de noviembre de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL MARCO COLELLA.
REGISTRADA BAJO EL N° 6812
Campana, 14 de diciembre de 2018.-
Promulgada por DECTO-2018-1274-E-MUNICAM-INT, del 14 de diciembre de 2018.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal