Ordenanza: 6876
Año: 2019
Fecha de Sanción: 26-12-2018
Fecha de Promulgación: 04-01-2019
Condónase la deuda correspondiente del año 2015, al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CAMPANA,
VISTO:
El expediente Nº 4016–19.534-1-1996; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 280, el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CAMPANA, solicita exención de pago por Tasa de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales por el año 2015;
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 360, se verifican los inmuebles donde la Institución desarrolla sus actividades;
Que la Dirección de Entidades de Bien Público a fs. 366, manifiesta que, la Asociación Civil denominada “Centro de Jubilados y Pensionados de Campana” se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público Nº 095 y que posee documentación actualizada a la fecha;
Que la Dirección de Rentas, Tributo y Fiscalización a fs. 388, manifiesta que, atento la nota de fs. 280, por el cual solicita exención de la Tasa de Barrido y Limpieza y C.V.P. y Servicios Generales Contribuyente Nº 113461, y habiendo efectuado el análisis del presente de referencia, no posee objeciones sobre el pedido solicitado por el contribuyente, cumpliendo este con lo requerido por la Ordenanza Fiscal Nº 6501/2016 y sus modificaciones según Titulo XV – de las exenciones – artículo 86° y 88°, y agrega listado de deuda actualizado a fs. 389/390, que mantiene la institución con este Municipio;
Que de acuerdo a actuado a fs. 394 y 397 por la Jefatura de Gabinete y por la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa, respectivamente, no existen objeciones que formular al respecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente del año 2015, al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CAMPANA, con domicilio en calle Moreno N° 364, de esta Ciudad del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección C, Manzana 177, Parcela 15, Contribuyente N° 113461-0.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente del período enunciado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de diciembre de 2018.-
Cristina del Mármol OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6876
Campana, 4 de enero de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-5-E-MUNICAM-INT, del 4 de enero de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, INTENDENTE MUNICIPAL
Administrativo y Legal