Ordenanza: 6891
Año: 2019
Fecha de Sanción: 02-05-2019
Fecha de Promulgación: 10-05-2019
Acéptase la donación de la empresa Honda Motor de Argentina S.A., conforme al Contrato de Donación con Cargo, celebrado el día 14 de marzo de 2019, entre esa firma y este Municipio, de 15 bordeadoras Modelo UMK425 y 3 cortadoras de césped – Modelo: CORTADORA DE CESPED HRR216 10 VKAA NHB67, las cuales se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del referido Contrato, obrante a fs. 2/3 el expediente Nº 4016-9320-0-2019.-
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente N° 4016-9320-0-2019; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/3 obra copia del Contrato de Donación con Cargo, suscripto el día 14 de marzo de 2019, entre la empresa Honda Motor de Argentina S.A., y este Municipio, mediante el cual dicha firma se compromete a entregar en donación 15 bordeadoras Modelo UMK425 y 3 cortadoras de césped – Modelo: CORTADORA DE CESPED HRR216 10 VKAA NHB67, las cuales se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del referido Contrato;
Que el donativo contribuirá al mejor desarrollo de las tareas, a cargo de las distintas áreas del Municipio, que realizan tareas de mantenimiento;
Que de acuerdo a lo normado en el artículo 57 del Decreto–Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), toda donación ofrecida al Municipio debe ser aceptada mediante Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Acéptase la donación de la empresa Honda Motor de Argentina S.A., conforme al Contrato de Donación con Cargo, celebrado el día 14 de marzo de 2019, entre esa firma y este Municipio, de 15 bordeadoras Modelo UMK425 y 3 cortadoras de césped – Modelo: CORTADORA DE CESPED HRR216 10 VKAA NHB67, las cuales se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del referido Contrato, obrante a fs. 2/3 el expediente Nº 4016-9320-0-2019.-
ARTICULO 2º.- Incorpórase al Patrimonio Municipal los bienes mencionados en el artículo anterior.-
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Secretaría de Economía y Hacienda, a afectar los gastos que se deriven de lo dispuesto en el artículo 1° de la presente, a las partidas presupuestarias correspondientes.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 2 días del mes de mayo de 2019.-
CRISTINA G. DEL MARMOL OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6891
Campana, 10 de mayo de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-337-E-MUNICAM-INT, del 10 de mayo de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal