Ordenanza: 6907
Año: 2019
Fecha de Sanción: 06-06-2019
Fecha de Promulgación: 28-06-2019
Adhiérese la Municipalidad de Campana a la Ley Nº 15.134, “Ley Micaela” de Capacitación Obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que integran los tres poderes del Estado
VISTO:
La Ley Nº 15.134, Ley Micaela; y
CONSIDERANDO:
Que dicha Ley lleva el nombre de Micaela García, víctima de un brutal femicidio; en reconocimiento por su lucha militante por los derechos de las mujeres y de los más vulnerables;
Que esta fue promulgada mediante el Decreto Nº 245, la cual fue iniciativa de las Diputadas Maricel Etchecoin y Carolina Barros Schelotto, que junto con el aporte de varios proyectos de Ley de Legisladores de otros Bloques, se unificó en un texto que fue aprobado por unanimidad en ambas Cámaras;
Que esta Ley, adhiere a la Ley Nacional Nº 24.499, de capacitación obligatoria en materia de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que integran los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y organismos descentralizados;
Que los principales puntos que establece la Ley son:
- Formar y capacitar en perspectiva de género a todos los funcionarios de la gestión pública, sin importar jerarquía ni forma de contratación ni el ámbito en el que desempeñen sus funciones.
- Los contenidos deben estar orientados a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, como establece la Ley Nacional Nº 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
- Los agentes del Estado deben cursar y aprobar las capacitaciones al respecto. El incumplimiento será considerado una falta grave que incluirá sanciones;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Adhiérese la Municipalidad de Campana a la Ley Nº 15.134, “Ley Micaela” de Capacitación Obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de junio de 2019.-
Dr. ALEJANDRO DEPPELER OSVALDO M. FRATICELLI
Secretario “Ad-Hoc” PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL MARINA CASARETTO
REGISTRADA BAJO EL N° 6907
Campana, 28 de junio de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-512-E-MUNICAM-INT, del 28 de junio de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal