DIGESTO

Expediente N°6946

Ordenanza: 6946
Año: 2019
Fecha de Sanción: 07-11-2019
Fecha de Promulgación: 12-11-2019

Convalídase en todas sus partes el Convenio celebrado a los 21 días del mes de diciembre de 2018, entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y la Municipalidad de Campana, propiciado por la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, cuya copia obra a fs. 18/28, en el marco del Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios, mediante el cual se asigna a esta Municipalidad la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 205.200.-), con el objeto de ser destinados a implementar un Curso de Formación de Cuidadores Domiciliarios, cuya finalidad es capacitar personas de la comunidad para brindar apoyo domiciliario a los adultos mayores, personas con discapacidad  y enfermos crónicos ó terminales, en situación de riesgo social y de esta manera mejorar la calidad de vida de los mismos, favoreciendo la resocialización al mantenerlos en su hogar e insertos en la sociedad, evitando y/o postergando su internación institucional.

VISTO:

                              El Decreto–Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), y el expediente Nº 4016-41.794/2017 Alcance I; y

CONSIDERANDO:

                              Que en el mismo obran los antecedentes del Convenio celebrado a los 21 días del mes de diciembre de 2018 entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y la Municipalidad de Campana, propiciado por la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores cuya copia obra a fs. 18/28, en el marco del Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios, a fin de implementar un Curso de Formación de Cuidadores Domiciliarios, cuya finalidad es capacitar personas de la comunidad, con el objetivo de brindar apoyo domiciliario a los adultos mayores, personas con discapacidad  y enfermos crónicos ó terminales, en situación de riesgo social y de esta manera mejorar la calidad de vida de los mismos, favoreciendo la resocialización al mantenerlos en su hogar e insertos en la sociedad, evitando y/o postergando su internación institucional;

                              Que para tal fin el aludido organismo nacional se compromete, a proporcionar los recursos financieros al Municipio asignando a esta Municipalidad la suma de pesos doscientos cinco mil doscientos ($ 205.200.-) y; la Municipalidad se obliga a utilizar dichos fondos asignados para financiar única y exclusivamente los gastos necesarios para la ejecución del aludido subsidio debiendo ser aplicado de la forma indicada en el Anexo I que forma parte integrante del Convenio en cuestión;

                              Que en tal sentido y de acuerdo a lo informado a fs. 29/30 por la Tesorería Municipal respecto del ingreso de los fondos que nos ocupan el día 22 de julio de 2019, el Departamento Ejecutivo mediante el DECTO-2019-690-E-MUNICAM-INT., de  fecha 15 de agosto de 2019, dispone crear en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2019, rubro y categoría programática correspondientes; en virtud de lo dispuesto en el artículo 119º (Texto según Ley 14062) último párrafo, del Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), cuya copia corre agregada a fs. 31/32;

                              Que de acuerdo a lo actuado a fs. 39/40 por la Contaduría Municipal y por la Secretaría de Economía y Hacienda, no existen objeciones de carácter contable y económicas ni financieras que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 34/36;

                              Que corresponde el dictado de la norma legal correspondiente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 41, del Decreto–Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.);

POR ELLO:   

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio celebrado a los 21 días del mes de diciembre de 2018, entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y la Municipalidad de Campana, propiciado por la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, cuya copia obra a fs. 18/28, en el marco del Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios, mediante el cual se asigna a esta Municipalidad la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 205.200.-), con el objeto de ser destinados a implementar un Curso de Formación de Cuidadores Domiciliarios, cuya finalidad es capacitar personas de la comunidad para brindar apoyo domiciliario a los adultos mayores, personas con discapacidad  y enfermos crónicos ó terminales, en situación de riesgo social y de esta manera mejorar la calidad de vida de los mismos, favoreciendo la resocialización al mantenerlos en su hogar e insertos en la sociedad, evitando y/o postergando su internación institucional.-

ARTICULO 2º.-   Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

                              Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de noviembre de 2019.-

            Cristina del Mármol                                                                    OSVALDO M. FRATICELLI

                     Secretaria                                                                                         PRESIDENTE

       Honorable Concejo Deliberante                                                      Honorable Concejo Deliberante

REGISTRADA BAJO EL N° 6946

Campana, 12 de noviembre de 2019.-

                                               Promulgada por DECTO-2019-977-E-MUNICAM-             INT, del 12 de noviembre de 2019.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE                                                           LUIS RICARDO GÓMEZ                       

                  Secretario Técnico,                                                                         INTENDENTE INTERINO     

              Administrativo y Legal