Ordenanza: 6953
Año: 2019
Fecha de Sanción: 21-11-2019
Fecha de Promulgación: 09-12-2019
Adhiérese la Municipalidad de Campana, a lo establecido en la Ley Nº 27306 y su Decreto Reglamentario Nº 289/18 en el ámbito de salud pública local.-
VISTO:
La necesidad de brindar cobertura universal para equilibrar las desigualdades de acceso a la salud en referencia a la dislexia en el ámbito local; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional 27.306 que garantiza el derecho a la educación de las personas con Dificultades Específicas de Aprendizaje, como la dislexia, fue reglamentada el 9 de abril de 2018 a través del Decreto Nº 289/18;
Que la reglamentación abarca tanto la cobertura de salud como las adaptaciones curriculares y la formación docente oportuna;
Que la normativa tiene como objetivo proveer el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan dificultades especiales en el aprendizaje (DEA);
Que la implicancia fundamental para la comunidad radica en la obligatoriedad de la cobertura de salud, porque se introduce la misma en el Programa Médico Obligatorio (PMO), y también para que en las escuelas se hagan las adaptaciones correspondientes. La ley además dispone la obligatoriedad de la capacitación docente para la detección precoz;
Que resulta importante a fin de atender las necesidades de salud de aquellos que no cuentan con coberturas médicas que el hospital local pueda garantizar la prestación que establece la Ley a fin de generar equidad en nuestra comunidad, constituyéndose los gabinetes interdisciplinarios correspondientes para hacer efectivo el cumplimiento del derecho que la norma garantiza en nuestro sistema de salud público;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Municipalidad de Campana, a lo establecido en la Ley Nº 27306 y su Decreto Reglamentario Nº 289/18 en el ámbito de salud pública local.-
ARTÍCULO 2º.- Genérense las capacitaciones docentes correspondientes para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º.-
ARTICULO 3º.- Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º, se utilizará el Presupuesto General de Gastos año 2020.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 21 días del mes de noviembre de 2019.-
Cristina del Mármol OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL ROMINA CARRIZO
REGISTRADA BAJO EL N° 6953
Campana, 9 de diciembre de 2019.-
Vetada por el DECTO-2019-1053-E-MUNICAM-INT, del 9 de diciembre de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal