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VISTO:
El Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Específico de Cooperación Tecnológica, suscripto el día 18 de diciembre de 2019, entre el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana; y el expediente Nº 4016-13569-0-2020; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/8 luce copia del Convenio Específico de referencia;
Que el objeto del mismo es establecer y acordar mecanismos ágiles, seguros y eficientes para el acceso por parte del Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires a los Desarrollos Tecnológicos que la Municipalidad de Campana posee, en materia de seguridad, como así también la facilitación de información y/o documentación sobre presuntos delitos que se cometan en su territorio y que se obtengan a partir de los Desarrollos Tecnológicos, con el fin de mejorar el resultado de las investigaciones penales preparatorias que el referido Ministerio lleva adelante a través de las Unidades Fiscales de Investigación, en el marco de las competencias y funciones que le son propias;
Que asimismo, y teniendo en cuenta los objetivos institucionales que cada una de las partes posee en el marco de sus funciones y competencias, la Municipalidad se compromete a realizar, con personal y recursos propios, un relevamiento y una base de datos de todas las cámaras de seguridad – pública – que existen en la vía pública y categorizarlas (domo, cámara fija, etc.), a fin de que el mencionado Ministerio conozca su exacta ubicación y características, pudiendo así adoptar y/o solicitar, en tiempo y forma, las medidas que considere oportunas para preservar y acceder a las filmaciones que en cada caso considere relevantes para la investigación de presuntos delitos; como así también a mantener actualizado el detalle de las cámaras que existen en el Partido de Campana, al menos con una periodicidad anual;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante, autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes Provinciales o Nacionales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Específico de Cooperación Tecnológica, suscripto el día 18 de diciembre de 2019, entre el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana y el Anexo I que forma parte integrante de dicho Convenio, cuyas copias lucen a fs. 4/6 y 7/8, respectivamente, del expediente Nº 4016-13.569-0-2020.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 19 días del mes de marzo de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 6986
Campana, 16 de abril de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-178-E-MUNICAM-INT, del 16 de abril de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal