DIGESTO

Expediente N°7046

VISTO:

                El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades)                      (t.v.); y el expediente Nº 4016-14.805-0-2020; y

CONSIDERANDO:

                              Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización a fs. 2 manifiesta que, en el marco de la pandemia generada por el virus COVID-19 y a fin de contar con el equipamiento indispensable, para poder llevar adelante las tareas atinentes a la Unidad Organizativa a su cargo, resulta necesario proceder a la adquisición de diversos equipos, para desarrollar sus tareas con mayor eficiencia, pudiendo asistir con mayor celeridad a los requerimientos de la población en general;

                              Que la Secretaría de Salud a fs. 3 informa que posee dos equipos en el Servicio de Imágenes, que tienen fallas frecuentemente y que requieren gastos de mantenimiento permanentes; y agrega informe circunstanciado a fs. 4 con el presupuesto aproximado para la adquisición de dos equipos nuevos;

                              Que la Jefatura de Gabinete a fs. 5 informa que, en virtud de las solicitudes efectuadas por las Secretarías de Salud y de Espacio Público y Descentralización y considerando las causales expuestas de la necesidad de disponer de los equipos consignados, no formular objeciones al respecto y ordena proseguir con el trámite correspondiente;

                              Que la Secretaría de Economía y Hacienda a fs. 6 realiza Informe Circunstanciado manifestando que, en el marco de la existencia de múltiples necesidades del Municipio derivadas del estado de emergencia por la Pandemia del Coronavirus COVID-19 y que los bienes solicitados están destinados al equipamiento municipal, tiene  la  intención  de  celebrar  un  Contrato  de Locación con opción de compra bajo la modalidad de contrato de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.), y por motivos de conveniencia económica y de oportunidad, estima que el importe total de los valores de referencia respecto de los bienes que  se  pretenden  adquirir mediante  dicha  operatoria asciende a PESOS  CUARENTA Y CINCO MILLONES ($ 45.000.000.-), sin considerar el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), el cual representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, teniendo en cuenta asimismo las variaciones futuras del mercado calculadas al momento de efectuarse la adquisición de los bienes en cuestión, adjuntando el Proyecto de Ordenanza a fs. 7/10;

POR ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar Contratos de Locación con opción de Compra bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, por un importe total de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES ($ 45.000.000,00), sin considerar el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), importe que representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.).-

ARTICULO 2º.- Dispónese que los bienes objeto de tales contrataciones que se individualizan en detalle que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza, estarán destinados a la prestación de los servicios públicos a su cargo.-

ARTICULO 3º.- Dispónese que dichas contrataciones se  formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que  PROVINCIA  LEASING S.A., tiene implementadas para ese tipo de operatoria.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

                              Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 20 días del mes de agosto de 2020.-

         Cristina del Mármol                                                                        MARINA A. CASARETTO

                     Secretaria                                                                                         PRESIDENTE

       Honorable Concejo Deliberante                                                HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

REGISTRADA BAJO EL N° 7046

Campana, 28 de agosto de 2020.-

                                               Promulgada por DECTO-2020-478-E-MUNICAM-INT, del 28 de agosto de 2020.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE                                                         SEBASTIÁN ABELLA                       

                  Secretario Técnico,                                                                           Intendente  Municipal     

              Administrativo y Legal