VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.); el DECTO-2020-531-E-MUNICAM-INT; y el expediente Nº 4016-15.961-0-2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el DECTO-2020-531-E-MUNICAM-INT, se acepta la donación efectuada por la empresa Hierros Campana S.A., con domicilio en Avda. 6 de Julio y calle Capilla del Señor, de la Ciudad de Campana, consistente en diez (10) pies de suero;
Que el Decreto nombrado precedentemente se dictó “Ad-Referéndum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, mediante la sanción de la respectiva Ordenanza;
Que acorde a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), resulta necesario contar con la aprobación del Departamento Deliberativo;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el DECTO-2020-531-E-MUNICAM-INT, por el cual se acepta la donación efectuada por la empresa Hierros Campana S.A., con domicilio en Avda. 6 de Julio y calle Capilla del Señor, de la Ciudad de Campana, consistente en diez (10) pies de suero y en un todo de acuerdo con lo actuado en el expediente Nº 4016-15.961-0-2020.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de octubre de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7071
Campana, 22 de octubre de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-614-E-MUNICAM-INT, del 22 de octubre de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal