VISTO:
CONSIDERANDO:
Que la FUNDACION DELTA – UTN, en su carácter de institución sin fines de lucro, que funciona y pertenece a la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Delta de esta Ciudad, solicita exención de pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los años 2017 a fs. 225, por el año 2018 a fs. 239 y del año 2019 a fs. 251;
Que a fs. 219/220 luce el Decreto N° 761/2016 que le otorgó el beneficio de exención de la tasa citada por el año 2016;
Que la Dirección de Rentas, Tributo y Fiscalización a fs. 254 manifiesta que, efectuado el análisis del expediente de referencia, no existen objeciones sobre el pedido solicitado e informa que el contribuyente cumple con lo requerido por la Ordenanza Fiscal N° 6501 y sus modificaciones según Título XV – de las exenciones – artículo 96° y 97°;
Que asimismo, dicha Dirección manifiesta que la exención solo operará sobre el pago, pero deberá cumplir con las disposiciones, obligaciones y deberes formales;
Que a fs. 258 luce Acta de Inspección donde se verificó el destino y funcionamiento del inmueble citado;
Que la Dirección de Entidades de Bien Público a fs. 266 manifiesta que, la FUNDACION DELTA se encuentra inscripta como Entidad de Bien Público N° 196 y posee su documentación actualizada a la fecha, y adjunta a fs. 264/265 copia de la Asamblea General Ordinaria donde consta la designación de cargos;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos a fs. 277 interviene y obra dictamen;
Que la Ordenanza Fiscal N° 7013, promulgada por el Decreto N° DECTO-2020-348-E-MUNICAM-INT, derogó la Ordenanza N° 6501 y sus modificatorias.
Que la Ordenanza Fiscal N° 7013, en el artículo 135 establece, entre otras, que se exime de todo tributo municipal al Estado Nacional como así también a sus organismos descentralizados y autárquicos, y a las Entidades de Bien Público inscriptas en el Registro Municipal respecto de los inmuebles de su dominio destinados a la realización de las actividades fomentadas; y en el artículo 138 se exime, entre otras tasas, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene al Estado Nacional como así también a sus organismos descentralizados y autárquicos;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2017, 2018 y 2019, a la FUNDACION DELTA – UTN, en su carácter de institución sin fines de lucro, que funciona y pertenece a la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Delta, con domicilio en calle San Martín N° 1170, de esta Ciudad, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Contribuyente Nº 8512-00.-
ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de octubre de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7073
Campana, 22 de octubre de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-616-E-MUNICAM-INT, del 22 de octubre de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal