VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Marco PLAN “ARGENTINA HACE – II”, suscripto en el mes de septiembre del corriente año, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y la Municipalidad de Campana de la Provincia de Buenos Aires; y el expediente Nº 4016-16.296/20; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/28 luce copia del mencionado Convenio, el cual tiene por objeto contribuir al financiamiento de proyectos que importen la formulación, elaboración, reactivación, continuación y ejecución de obras públicas de carácter local para aquellas provincias o municipios que así lo requieran, y en un todo de acuerdo a dispuesto por la Resolución N° 27 de fecha 19 de abril de 2020 (RESOL-2020-27-APN-MOP) del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, bajo el Plan “ARGENTINA HACE – II”;
Que la Municipalidad de Campana, se ha adherido al Plan “ARGENTINA HACE – II”, mediante el Convenio Marco ut supra mencionado;
Que esta adhesión importa el financiamiento de proyectos por la suma estimada de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA con 00/100 ($ 74.669.470.-) por parte del Ministerio de Obras Públicas de la Nación;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41° del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Marco PLAN “ARGENTINA HACE – II”, suscripto en el mes de septiembre del corriente año, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y la Municipalidad de Campana, y sus correspondientes Anexos, cuyas copias lucen a fs. 2/27 del expediente Nº 4016-16296/2020.-
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los Convenios específicos que deban ser suscriptos como consecuencia del Convenio Marco PLAN “ARGENTINA HACE – II”.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 5 días del mes de noviembre de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7083
Campana, 17 de noviembre de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-690-E-MUNICAM-INT, del 17 de noviembre de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal