VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); las Ordenanzas Fiscales Nº 6501 y Nº 7013; y el expediente Municipal N° 4016-37.848-0-2017; y
CONSIDERANDO:
Que la Señora PACHECO Clara Inés, D.N.I. 5.175.865, mediante notas obrantes a fs. 1 y 23, solicita exención de pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, correspondiente a los años 2017 y 2018, respecto del inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 326, Parcela 26, Cuenta 137020-0.
Que tal pedido lo solicita debido a su condición de Jubilada con el haber mínimo, agregando para constancia fotocopia de: Escritura del inmueble, copia de su Documento Nacional de Identidad, Recibo de Haberes y planillas de ANSES.
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 62, se verifica el inmueble donde la peticionante reside.
Que la Dirección General de Administración Tributaria a fs. 68 manifiesta que, visto las notas obrantes en autos, por las cuales la contribuyente solicitó en tiempo y forma la exención de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, por el Contribuyente N° 137020-0 , y efectuado el análisis del presente expediente no existen objeciones sobre el pedido solicitado por la contribuyente, cumpliendo esta con lo requerido por la Ordenanza Fiscal Nº 6501, normativa vigente para aquel momento, respecto de los períodos Fiscales 2017 y 2018; y adjunta listado de deuda actualizado.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal Nº 7013, quedó derogada la Ordenanza Fiscal Nº 6501 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, paso a denominarse Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2017 y 2018, a la Señora PACHECO Clara Inés D.N.I. 5.175.865, respecto del pago de la Tasa por Servicios Generales, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 326, Parcela 26, Cuenta 137020-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.–
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 18 días del mes de marzo de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7129
Campana, 29 de marzo de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-170-E-MUNICAM-INT, del 29 de marzo de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal