VISTO:
La importante labor hacia la comunidad de la Asociación de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que en nuestro país se celebra, como Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina, el 2 de junio, ya que en esta fecha, en 1884 se creó la Sociedad Italiana de Bomberos Voluntarios de La Boca, en Buenos Aires, bajo el lema Querer es poder, cuyo impulsor y primer presidente fue Tomás Liberti;
Que un incendio producido en los primeros meses del año 1884 en una casa del Barrio de La Boca, llevó al vecino Tomás Liberti a dar los primeros pasos hacia la formación de una sociedad cuyo principal objeto fuera el sostenimiento de una Asociación de Bombero;
Que conmovido por este episodio, Liberti hizo circular una invitación, escrita en italiano, que decía: “Ciudadanos: una chispa podría desarrollar un voraz incendio que reduciría a cenizas nuestras habitaciones de madera. Tenemos necesidad de una Sociedad de Bomberos que en los momentos de peligro salven nuestros bienes y a nuestras familias. Con tal motivo invitamos a la reunión que tendrá lugar el domingo p.v. a las 3 p.m. en el Ateneo Iris. ¡Conciudadanos! La idea iniciada por pocos tiene necesidad de todos vosotros y de vuestro válido apoyo, y tendremos el orgullo de haber constituido una Asociación filantrópica. El domingo entonces, en el Ateneo Iris, que nadie falte”;
Que la reunión se llevó a cabo el domingo 2 de junio de 1884, y allí se sentaron las bases para formar la Asociación Italiana de Bomberos Voluntarios de La Boca. Es por ello que esta fecha quedó consagrada en nuestro país como el Día del Bombero Voluntario (establecido oficialmente en la Ley N° 25425, publicada el 15 de mayo de 2001);
Que es destacable la noble y honrosa tarea de los Bomberos Voluntarios de nuestra Ciudad, quienes tienen la vocación de ayudar al prójimo, asistiendo en diversas emergencias, siendo que muchos integrantes del cuerpo de asistencia, además de su labor comunitaria, se dedican a sus labores particulares para su propio sostenimiento y el de su familia;
Que en virtud de lo expresado, y como un reconocimiento a la noble tarea que implica el voluntariado para nuestra comunidad, es dable distinguir a los trabajadores municipales que forman parte del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Establécese para el empleado municipal que se desempeñe como Bombero Voluntario de nuestra Ciudad, el 2 de junio de cada año, como día no laborable, en reconocimiento a su labor comunitaria y por el que no se realizará descuento alguno en su remuneración.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de julio de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
AUTOR: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7196
Campana, 6 de agosto de 2021.-
Promulgada de hecho por haber transcurrido el plazo establecido en el inciso 2) del artículo 108 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v)).
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal