VISTO:
El Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Municipal Nº 4016-20.278-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 obra informe circunstanciado de la Subsecretaría de Cultura y Educación, mediante el cual propicia la creación del “Centro Educativo Digital” con el objetivo que los estudiantes y jóvenes de Campana cuenten con un espacio para intervenir en la realidad de la ciudad a partir del aprendizaje y uso de las nuevas tecnologías.
Que a fs. 3/6 luce copia de nota del Señor Intendente Municipal por la cual solicita donación de recursos a la Fundación Hermanos Agustín y Roberto Rocca, con el objeto establecer el citado Centro; y copia del remito de los bienes de la donación en cuestión.
Que a fs. 7 la Subsecretaría de Cultura y Educación manifiesta que la colaboración de la Fundación será para el “Centro Educativo Digital” que funcionará en calle Castelli Nº 562 de nuestra ciudad, junto al Centro Educativo Municipal.
Que de acuerdo a lo normado en el artículo 57 del Decreto–Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), toda donación ofrecida al Municipio debe ser aceptada mediante Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Acéptase la donación efectuada por la Fundación Hermanos Agustín y Roberto Rocca, C.U.I.T. Nº 30-55101536-6, con domicilio en calle Carlos Della Paolera Nº 297 Piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; consistente en: un (1) monitor multitáctil IR 55” 4 k cuatico; una (1) notebook Acer I5 Aspire 3 8 GB 1 TB 15.6 black W10; una (1) barra de sonido Samsung Soundbar HW-T400 2CH; veinte (20) Notebooks NSX Epsilon CEL 8GB SSD240 W10; un (1) carro porta notebooks Chromebook tablet; un (1) switch Meraki MS225-24P –HW; un (1) Access Point Meraki MR33- HW; veinte (20) Pcs All in One Aio Viewsonic 24 I3 8130u 8gb 240gb; una (1) Cámara USB 4K 180” Jabra Panacast; un (1) Parlante Speak 750 Jabra; un (1) soporte de pared Jabra Panacast Wall; una (1) Mini PC I3 8GB 120SSD NUC INTEL CORE I3 10, un(1) soporte chico de TV Touch Móvil con apoyo de 32” a 65” y una (1) barra de tensión 4T 3PP, con el objeto de ser utilizados para el Centro Educativo Municipal, sito en Castelli Nº 562 de la Ciudad de Campana y en un todo de acuerdo a lo obrante en el expediente municipal Nº 4016-20.278-0-2021.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 2 días del mes de septiembre de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7227
Campana, 10 de septiembre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-642-E-MUNICAM-INT, del 10 de septiembre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal