VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Licitación Pública N° 04/21 (expediente N° 4016-14.539-0-2020); el Convenio Marco firmado entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Provincia de Buenos Aires con fecha 29 de abril de 2019, aprobado mediante disposición N° 252/2019 del 13 de junio del mismo año; el Convenio Marco N° EX – 2020-30316933- GDEBA-DPPYSVMIYSPGP, suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana; y el expediente Nº 4016-20.820-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente Nº 4016-14.539-0-2020, luce el Convenio Marco de Colaboración para la implantación de un Plan de Seguridad Vial en el Partido de Campana, con el fin de fortalecer la Seguridad vial a través de un plan integral, para aplicar en forma conjunta y coordinada políticas tendientes a contrarrestar y disminuir los índices de siniestralidad y mortalidad en el tránsito.
Que la Provincia de Buenos Aires y la Agencia Nacional de Seguridad Vial vienen desarrollando acciones de forma mancomunada, con el fin de cumplir los objetivos últimos que inspiran los cuerpos normativos que regulan la materia, dando observancia al compromiso asumido mediante el Convenio Federal sobre acciones de Tránsito y Seguridad Vial ratificando por Decreto Nº 1232/2007 y posteriormente por la Ley Nº 23.353.
Que la Agencia Nacional de Seguridad Vial, ha firmado el 12 de mayo del corriente año, una Adenda al Convenio Específico para la Implementación del Sistema Nacional de Administración de Infracciones y Cobro Interjurisdiccional entre la referida Agencia y la Provincia de Buenos Aires, donde se establecen los nuevos parámetros de funcionamiento de la tareas conjuntas que se llevarán adelante con las autoridades del Ministerio de Transporte de la Provincia y con la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, para la implementación de un amplio Plan de Control de Infracciones en las Rutas Nacionales que atraviesan toda la Provincia y por ende sus Municipios.
Que, como consecuencia de ello y de la información sobre incidentes viales que surgen de la Dirección Nacional de Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, como el de la Provincia, se ha decidido iniciar el mencionado Plan focalizando nuestras acciones en aquellos Municipios con alto índice siniestrales, donde hemos evaluado conjuntamente con las autoridades provinciales, la factibilidad de implementar controles fijos de velocidad para generar una cobertura de las Rutas Nacionales acorde a las necesidades de cada zona.
Que, en este sentido, el Municipio es parte operativa necesaria para la implementación del convenio celebrado con la Provincia de Buenos Aires, siendo el ámbito de aplicación del presente exclusivamente las rutas nacionales, fuera del ejido urbano.
Que, en virtud de lo mencionado para la implementación de este plan integrado de Seguridad Vial entre Nación, Provincia y Municipio, debe firmarse un acta de Acuerdo entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Municipalidad de Campana.
Que por lo procedente expuesto y en virtud de lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), es necesario contar con la aprobación del Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Acta de Acuerdo entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Municipalidad de Campana, para la fiscalización de infracciones de tránsito sobre Rutas Nacionales, cuya copia luce fs. 9/16 del expediente N° 4016-20.820-0-2021.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 25 días del mes de noviembre de 2021.-
Cristina del Mármol ROMINA E. BUZZINI
Secretaria VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 7264
Campana, 29 de noviembre de 2021.-
Promulgada por el DECRETO N° 0851 BIS, del 29 de noviembre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal