VISTO:
El expediente Nº 4016-26.686-0-2022 y las Ordenanzas N° 1555, Nº 1743 y 7479; y
CONSIDERANDO:
Que, en las Ordenanzas Nº 1743 y 1555 constan las donaciones efectuadas por la Municipalidad de Campana al Obispado de Zárate-Campana, de los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción II- Sección R- Manzana 80- Parcelas 3, 4, 5, 7 y 8, ubicados en el Barrio Las Acacias de la Ciudad de Campana, para ser destinado a la construcción de un templo religioso y aulas para actividades parroquiales en favor de los niños, jóvenes y adultos.
Que, por Ordenanza N° 7479 se revocó la donación de los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción II- Sección R- Manzana 80, Parcelas 3 y 4 del Partido de Campana efectuada por Ordenanza Nº 1555.
Que con posterioridad a dicho evento, se realizaron reuniones informativas y de trabajo entre el Obispado de Zárate-Campana y el Departamento Ejecutivo de este Municipio, mediante las cuales se arribó a un nuevo acuerdo, toda vez que en las parcelas 4, 5, 7 y 8, existen construcciones efectuadas por el Obispado consistentes en la Capilla para el culto, sacristía, aulas, baños y comedor; con la intención expresa de terminar con la totalidad de las obras.
Que en la inteligencia de este nuevo acuerdo, la Municipalidad considera pertinente y de suma importancia, la construcción de un Centro de Atención Primaria de Salud, sobre la parcela 3 que no fuera utilizada en su momento por el Obispado.
Que este trabajo en conjunto, potencia las acciones llevadas a cabo, generando una sinergia que se traduce en un importante beneficio para la comunidad que utiliza y se desarrolla en cercanía a las instalaciones actuales y por construir.
Por lo expuesto, resulta menester proceder al dictado de la normativa que derogue la Ordenanza N° 7479 de fecha 21 de Diciembre de 2022, promulgada por DECTO-2022-1303-E-MUNICAM-INT, del 28 de diciembre de 2022 y se proceda a materializar este nuevo acuerdo a los fines de realizar la construcción un Centro de Atención Primaria de Salud.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Derógase en todas sus partes la Ordenanza N° 7479 de fecha 21 de diciembre de 2022, promulgada por DECTO-2022-1303-E-MUNICAM-INT, del 28 de diciembre de 2022.-
ARTÍCULO 2º.- Revócase la donación del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II- Sección R- Manzana 80, Parcela 3 del Partido de Campana, efectuada por Ordenanza Nº 1555 al Obispado Zárate-Campana, con destino a la construcción de un templo religioso y aulas para actividades parroquiales en favor de niños, jóvenes y adolescentes, en virtud del acuerdo alcanzado entre el Obispado de Zárate – Campana y la Municipalidad de Campana.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 20 días del mes de julio de 2023.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7533
Campana, 31 de julio de 2023.-
Promulgada por DECTO-2023-680-E-MUNICAM-INT, del 31 de julio de 2023.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal