VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Nacional Nº 25.916; la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Nº 13.592; el Convenio Marco, suscripto el día 3 de agosto de 2018, entre “CEAMSE” (COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO) y la Municipalidad de Campana; la Ordenanza Nº 6966; las Addendas del mencionado Convenio, celebradas los días 29 de junio de 2020 y 25 de abril del 2022, convalidadas por las Ordenanzas N° 7032 y N° 7398 ; y el Expediente Municipal Nº 4016-5119/2018: y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Nº 13.592 tiene como objeto fijar los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos, de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional Nº 25.916 de “Presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios”.
Que, en ese contexto, el Señor Intendente Municipal ha celebrado el día 3 de agosto de 2018, un Convenio Marco con “CEAMSE” (COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO), por el cual la Municipalidad encomienda al referido CEAMSE, la prestación del Servicio de Disposición Final de los Residuos Sólidos Urbanos, que fueren generados en el ámbito de la jurisdicción territorial de la Municipalidad de Campana, Provincia de Buenos Aires, el que fue oportunamente convalidado mediante la Ordenanza Nº 6966, renovando la vigencia del mismo a través de las addendas de fechas 29 de junio del 2020 y 25 de abril del 2022, convalidadas mediante Ordenanzas N° 7032 y N° 7398, respectivamente.
Que, al haberse producido el vencimiento del plazo de la Addenda del Convenio suscripto, y siendo que la Municipalidad tiene intenciones de seguir contando con el referido servicio a cargo de CEAMSE, las partes decidieron renovar el plazo del mismo, mediante una Addenda, cuya copia luce a fs. 87/91 del expediente de referencia, por el período comprendido entre el día 01/01/2024 finalizando el día 31/12/2025, el cual podrá ser renovado de común acuerdo entre las partes.
Que, por lo precedentemente expuesto y acorde a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), resulta necesario contar con la aprobación del Departamento Deliberativo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes la Addenda Convenio, suscripta el día 25 de Abril de 2024, entre “CEAMSE” (COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO) y la Municipalidad de Campana, cuya copia luce a fs. 87/91 del expediente Nº 4016-5119/18.-
ARTICULO 2º.– Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 19 días del mes de junio de 2024.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7624
Campana, 2 de julio de 2024.-
Promulgada por DECTO-2024-624-E-MUNICAM-INT, del 2 de julio de 2024.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa Elisa Abella
Secretaria Interina Intendente Interino
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal