905,1967,1967-04-03,1967-04-03,ARTICULO 1º: Modifícanse los artículos 2° y 3° de la Ordenanza N° 895 del 16/12/66, los que quedarán redactados de la siguiente forma:nn“ARTICULO 2: El plazo de empréstito será de tres 3 años, documentándose con un pagaré a sola firma y con un interés del 15°% anual, pagadero por semestre adelantado”. ARTICULO 3: La cancelación de este empréstito se efectuará mediante tres 3 cuotas anuales, para lo cual en los Presupuesto de Gastos que durante ese lapso sanciona la Municipalidad se establecerá el cumplimiento de esa obligación financiera previendo las cuotas de amortización y los servicios de intereses, que se calcularán sobre los saldos. ARTICULO 2º: Amplíase el CÁLCULO DE RECURSOS EJERCICIO 1967, aprobado por Ordenanza N° 900, creándose en el Titulo 4 DEL CREDITO, el Capitulo 4.1. “Crédito Banco Provincia de Buenos Aires, $ 7.0000.000. m/n. ARTICULO 3: Amplíase el PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS vigente año 1967 en SIETE MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL m$n 7.000.000.- incrementando la partida 5.10 “repavimentación Boulevard Lavalle continuación de la cantidad indicada, quedando por tanto el monto del mismo y del Cálculo de Recursos del presente Ejercicio, fijado en la cantidad de $ 366.924.728.- m/n. ARTICULO 4: Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y a sus efectos vuelva a la Municipalidad recurrente.-