940,1968,1968-07-05,1968-07-05,ARTICULO 1º: Apruébase el contrato de locación de servicios celebrado el 1º de abril de 1968 entre el señor Intendente y el doctor AMILCAR CELESTINO SIERRA L.E. 651.926 que obra a fs. 1 del expediente Nº 4016-1619/68 rubricada por la Subsecretaría de Asuntos Municipales y que forma parte integrante de la presente Ordenanza, con vigencia hasta el 31 de diciembre del corriente año. ARTICULO 2º: Los pagos trimestrales de la remuneración establecida en el cláusula 3º del contrato que se aprueba por el artículo anterior, cuyo total asciende a la suma de TRESCIENTOS QUINCE MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 315.000 M/N se atenderán con cargo a la Partida 1’2’11 “Contratación del Personal Técnico, Idóneo o Especializado”, del Presupuesto vigente. ARTICULO 3º: Cúmplase, regístrese y publíquese en el Boletín Oficial, y a sus efectos, vuelva a la Municipalidad recurrente. nn