DIGESTO

Expediente N°956

956,1969,1969-07-15,1969-07-15,ARTICULO 1º: Otórgase con carácter precario, por el término de veinte 20 años, al Club Náutico NORTE, con Personería Jurídica acordada por decreto Nº 14480 de fecha 10 de diciembre de 1968 derecho de uso y ocupación gratuita de la fracción de tierra propiedad de la Comuna, ubicada en las proximidades del Balneario Municipal y que responde a los siguientes datos catastrales: Circunscripción IV, Sección A, Parcela 358 tt, Superficie 22.866 m2. ARTICULO 2º: La entidad destinará el bien adjudicado para su uso exclusivo y a los fines que se determinen en el artículo 1º de sus Estatutos, cumplimentando en forma gradual y paulatina el plan de obras propuesto a la Municipalidad, según se detalla a continuación:nn1º Etapa: Limpieza de terreno corte de malezan2º “ : Construcción de un punto de acceso a la isla y vivienda para cuidador.-n3º “ : Instalación eléctrica y agua potable.-n4º “ : Sede Social.-n5º “ : Construcción de muelles varadero.-n6º “ : Construcción de tinglado para embarcaciones.-n7º “ : Construcción de una dársena, con el fin de aprovechar las tierras extraídas, para elevar el nivel del terreno y ponerlo a cubierto de las crecientes. ARTICULO 3º: Si la beneficiaria de la prestación no diere cumplimiento al plan de obras que menciona el artículo anterior, o existieren causas que motivaran la rescisión, queda facultado el Departamento Ejecutivo ad-referendum del H. Concejo o del Gobierno de la Provincia, según corresponda, a dejar sin efecto la adjudicación, con entrega del inmueble y las mejoras introducidas, sin derecho a reclamo por parte de la entidad adjudicataria. ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese y publíquese en el Boletín Oficial.-