1093,1974,1974-07-11,1974-07-16,ARTICULO 1º: Ratificase el Decreto N° 347/74 dictado por el D. E. “Ad-Referendum” del Hon. Concejo Deliberante, autorizándole desafectar los fondos provenientes de la recuperación de vecinos, hasta cubrir los aportes efectuados por la Municipalidad al Ministerio de Obras Publicas de la Provincia – Dirección de Obras Sanitarias – para la construcción de la Planta Depuradora de Líquidos cloacales y Red de Desagües Cloacales. ARTICULO 2º: Una vez cumplimentado lo dispuesto en el Artículo 1° y hasta tanto no se obtenga el monto definitivo del costo de las obras cloacales, el D. E. proseguirá con la afectación de los fondos por recuperación de vecinos. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n