DIGESTO

Expediente N°1293

1293,1977,1977-11-15,1977-11-15,ARTICULO 1 º.- Los planes o programas de modernización o ampliación de plantas industriales que presenten las adjudicatarias y que hayan servido de base para enajenación prevista en la Ley Nacional N° 21.606, de las empresas comprendidas en la Ley Nacional N° 18.832, quedaran exceptuadas de las limitaciones impuestas en la Ordenanza del 25 de julio de 1977 siempre que reúnan los siguientes requisitos:nna Que el total de mano de obra ocupada que prevén los programas de ampliación no superen los niveles de mano de obra que haya ocupado el establecimiento, tomando como base el promedio del año de mayor ocupación, a partir de 1970 inclusivenb Que los sistemas productivos y tecnologías aplicada, no generen efectos contaminantes en el medio ambiente.nnARTICULO 2º : Cúmplase, regístrese y publíquese.-n