1399,1979,1979-02-28,1979-02-28,ARTICULO 1º.- Exceptuase a la Firma “PAPEL PRENSA S.A.”, de la suspensión establecida en el artículo 1° de la Ordenanza N° 1345/78, por hallarse encuadrada en la excepción prevista en el Artículo 4° de la citada norma legal; para la instalación de un deposito de maderas en transito provenientes de las Islas del Delta y con destino a su Planta establecida en la localidad de San Pedro; en la fracción designada como Circunscripción II, Sección IV, Fracción II, ubicada en la margen derecha del Río Paraná de las Palmas y calle de acceso al Campana Boat Club. ARTICULO 2º.- La presente Ordenanza no exime a la firma propietaria de la obligación de cumplir las tramitaciones municipales correspondientes y las referidas a habilitación y funcionamiento y al tratamiento de efluentes industriales establecidas por las Leyes N° 7229 y 5965, respectivamente. ARTICULO 3º : Cúmplase. Regístrese y Publíquese.