1512,1980,1980-07-31,1980-07-31,ARTICULO 1º: Inclúyese el uso “talleres menores”, que especifica el art. 7º, apartado 7.2.2.; “J”; punto 3, de la Ordenanza Nº 1437/79, “Delimitación Preliminar de Areas del Partido de Campana”, como uso complementario, en los Sectores de la Subárea Semiurbanizada SU1, señalada en el apartado 2.6. del art. 2º de la misma norma legal, delimitados por:nnSector 1.- Ruta Provincial Nº 6, O´Higgins, Moreno, Chacabuco, Alte. Brown, Camino Colector de Ruta Nacional Nº 9, hasta Ruta Provincial Nº 6.nnSector 2.- Calle Viamonte, Granaderos, prolongación de la calle Necochea, La Rioja, Camino Colector de Ruta Nacional Nº 9, hasta la calle 16 de Septiembre y por ésta hasta la calle Viamonte. Sector 3.- Barrio Lubo, delimitado por: Ruta Nº 9, Avda. Coronel Argentino Del Valle Larrabure, calle Namuncurá, Jujuy, Giovellini, Córdoba, Modarelli, Río Negro, Angel Cordeu, Tierra del Fuego, hasta Ruta Nacional Nº 9. ARTICULO 2º: Apruébase el Anexo I de la presente Ordenanza, por el que se modifica la planilla Nº 2, Anexo III de la Ordenanza Nº 1437/79, conforme lo dispuesto en el artículo anterior. ARTICULO 3º: La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de los treinta 30 días de su publicación. ARTICULO 4º: Comuníquese al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en el término de cinco 5 días de la sanción de la presente, en concordancia con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 9116. ARTICULO 5º: Cúmplase, Regístrase y Publíquese.