VISTO:
El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el expediente Nº 4016-14537-0-2020; y
CONSIDERANDO:
Que el expediente de referencia es promovido por la Secretaría de Salud, con motivo de afrontar el pago correspondiente al mes de diciembre de 2019, conforme factura Nº 0249-00042953, a favor de la empresa Praxair Argentina S.R.L., por la prestación del servicio de provisión de oxígeno líquido, gaseoso, CO2, aire sintético (presentación en metros cúbicos), uso y mantenimiento de tanque criogénico, con destino a la Unidad Hospitalaria San José y los 26 Centros de Atención Primaria de la Salud, dependientes de la Secretaría de Salud;
Que el Servicio Público de prestaciones de Salud, brindado por el Hospital San José, es un servicio ininterrumpible, las 24 horas del día los 365 días del año, para cumplir adecuadamente con la prestación de dicho Servicio Público, es necesaria la provisión permanente e ininterrumpida de determinados servicios indispensables, entre ellos, la provisión de oxígeno líquido, gaseoso, CO2, aire sintético (presentación en metros cúbicos), uso y mantenimiento de tanque criogénico;
Que a fs. 341/342 del expediente Municipal Nº 4016-34.590/2016 obra el Decreto Nº 0250/2017, en el cual se adjudicó la licitación pública Nº 10/2016 para la contratación del mencionado servicio de provisión de oxígeno, para la Unidad Hospitalaria San José y los 26 Centros de Atención Primaria de la Salud, obrando a fs. 343/344 del mismo, contrato con la empresa prestadora del servicio por el plazo de 24 meses y por los montos allí descriptos;
Que a fs. 463/464 del expediente Nº 4016-34.590-2016 Cuerpo 2, mediante DECTO-2019-402-E-MUNICAM-INT, de fecha 04/06/2019, se dispone hacer uso de la opción de prórroga de contrato de locación de servicio conforme lo establecido en el artículo 38 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, lo dispuesto en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 6688, obrando a fs. 466/467 de dicho expediente la prórroga de contrato de locación de servicio;
Que la empresa Praxair Argentina S.R.L. facturó en el mes de diciembre de 2019, por los servicios prestados la suma de Pesos Trescientos Nueve Mil Ochocientos Quince con Cincuenta y Cinco Centavos ($ 309.815,55), pero por no contar con saldo suficiente la Orden de Compra Nº 2191, no se ha podido imputar la factura Nº 0249-00042953, avalada por sus correspondientes remitos, los cuales se adjuntan a fs. 5/16 del expediente Nº 4016-14.537-0-2020;
Que conforme lo detallado precedentemente la Secretaría de Salud considera conveniente proceder al pago correspondiente al mes de diciembre de 2019 a
7019 |
favor del proveedor empresa Praxair Argentina S.R.L. por la prestación del servicio efectivamente brindado por la misma a través de la figura de reconocimiento de deuda;
Que por lo que de acuerdo a lo que regula el artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios, aprobadas por Decreto Provincial Nº 2980/00, se ha formado expediente especial en el que se adjuntaron los antecedentes que permiten acreditar la efectiva prestación de los servicios cuyo pago se pretende;
Que el monto total adeudado asciendo a la suma de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 309.815,55);
Que conformado el expediente que prevé la citada norma, se ha agregado al mismo todas las constancias y documentos que posee la Comuna y que permiten fijar con exactitud la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama, y por ende la legitimidad del derecho invocado por el acreedor;
Que a fs. 22 la Dirección de Compras informa que habiendo verificado que la mencionada Orden de Compra no cuenta con saldo suficiente para abonar la factura Nº 0249-00042953 adjunta a fs. 3/4 de PESOS TRESCIENTOS NUEVE, anexados los correspondientes remitos, no tiene objeciones que formular al respecto;
Que a fs. 24 la Dirección de Presupuesto Municipal informa la estructura programática a la cual deberá afectarse la erogación en cuestión;
Que a fs. 24 la Contaduría Municipal informa que no posee objeciones de carácter contable que formular al respecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Reconócese la deuda a la empresa Praxair Argentina S.R.L., CUIT 30-57878067-6, por el servicio de prestación de servicios de provisión de oxígeno líquido, gaseoso, CO2, aire sintético (presentación en metros cúbicos), uso y mantenimiento de tanque criogénico para la Unidad Hospitalaria San José y los 26 Centros de Atención Primaria de la Salud, cuyo importe asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 309.815,55), en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios aprobadas por Decreto Provincial Nº 2980/00, antecedentes agregados al expediente Nº 4016-34.590-2016, Cuerpos 0, 1 y 2 y según se consigna en la factura que se detalla a continuación:
Factura Nº 0249-00042953, de fecha 31/12/2019, por prestación del servicio de provisión de oxígeno líquido, gaseoso, CO2, aire sintético (presentación en metros cúbicos), uso y mantenimiento de tanque criogénico por un valor total de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 309.815,55).-
ARTICULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110107000 “Servicio de la Deuda Pública”, Categoría Programática: 93.00.00 Deuda Flotante, Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal, Partida Presupuestaria 7.6.1.0 “Disminución de Cuentas a Pagar a Corto Plazo”, del Presupuesto General de Gastos para el ejercicio 2020.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 2 días del mes de julio de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7019
Campana, 20 de julio de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-379-E-MUNICAM- INT, del 20 de julio de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal