VISTO:
El Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; el DECTO 2020-220-E-MUNICAM-INT y el DECTO 2020-226-E-MUNICAM-INT, ambos del Departamento Ejecutivo; y el expediente Nº 4016-14.569-0-2020; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 19/20 luce el DECTO-2020-220-E-MUNICAM-INT, mediante el cual se solicita una Asistencia Financiera al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” creado por el Decreto Provincial Nº 264/2020, por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE con 00/100 ($ 17.174.419.-), a devolver en tres cuotas mensuales a partir del mes de octubre del corriente año;
Que a fs. 21 luce e-mail de la Contaduría Municipal dirigido al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, en el cual se adjuntó copia del Decreto mencionado en el párrafo anterior;
Que a fs. 22 la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que, en virtud de la comunicación telefónica recibida del referido Ministerio el día 6 de mayo de 2020, con posterioridad al envío del Decreto Municipal Nº 220/2020 mediante el e-mail de la Contaduría Municipal obrante a fs. 21, el citado Organismo Provincial decidió que la devolución del aporte provincial se deberá realizar en 5 cuotas mensuales de igual monto comenzando en el mes de agosto del corriente año;
Que en consecuencia resultó necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo, cuya copia luce a fs. 33/34, el cual entre otras disposiciones, deroga el DECTO–2020–220-E-MUNICAM–INT y fue suscripto “Ad-Referendum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, mediante la sanción de la respectiva Ordenanza;
Que asimismo, por lo precedentemente expuesto y acorde a lo establecido en el artículo 232 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, resulta necesario contar con la aprobación del Departamento Deliberativo;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes elDECTO-2020-226-E-MUNICAM-INT, del Departamento Ejecutivo, mediante el cual se solicita una Asistencia Financiera al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” creado por el Decreto Provincial Nº 264/2020, por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE con 00/100 ($ 17.174.419.-), cuya copia luce a fs. 33/34 del expediente Nº 4016-14.569-0-2020.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de agosto de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7038
Campana, 13 de agosto de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-446-E-MUNICAM-INT, del 13 de agosto de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal