VISTO:
La Ordenanza Fiscal Nº 6501 (t.v.); el Decreto Nº 0375/2009, del Departamento Ejecutivo; y el expediente N° 4016-32.719-0-2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fs. 1 la empresa TECHNIA S.A. solicita que se dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 0375/2009, cuya copia luce a fs. 2/4, en lo referente en la eximición del 100% para los Derechos de Construcción;
Que la entonces Subdirección de Rentas, Recaudación y Fiscalización adjunta a fs. 9 el listado de deuda correspondiente;
Que la citada empresa a fs. 12 presenta nota insistiendo con el pedido de exención de los mencionados Derechos;
Que asimismo, la empresa TECHNIA S.A. presenta una nueva nota, la cual luce a fs. 18, solicitando que se envíe al Honorable Concejo Deliberante la propuesta de extensión de plazo para la exención del 100% de los Derechos de Construcción, conforme fue otorgado en el referido Decreto N° 0375 del 24 de febrero de 2009 y que actualmente se encuentra vencido, alegando que no pudo hacer uso de dicha exención, dado que los trámites de habilitación excedieron el plazo otorgado, consecuencia de la cambiante situación económica que obligó a la empresa en varias oportunidades a interrumpir dicho trámite;
Que a fs. 33/33 vlta., la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos dictamina, entre otras, que en base a los antecedentes, no corresponde lo solicitado por el contribuyente TECHNIA S.A., toda vez que se excedió en el plazo otorgado y teniendo en cuenta que el Decreto N° 0375/2009 fue fundado en una Ordenanza actualmente derogada;
Que sin perjuicio de ello, dicha Dirección General entiende que si es criterio del Departamento Ejecutivo condonar las deudas existentes al día de la fecha por el contribuyente, se deberá proyectar el pertinente proyecto de Ordenanza; y como dato ampliatorio agrega a fs. 21/30 y 31/32 copia de las Ordenanzas Nº 5430 y Nº 6430, respectivamente.
Que a fs. 37 luce una nueva presentación de la empresa TECHNIA S.A., la cual solicita nuevamente la exención de los Derechos de Construcción, adjuntando copia del poder del firmante a fs. 38/43;
Que atento a las notas obrantes a fs. 1, 12, 18 y 37 por las que la citada empresa solicita exención de la Tasa de Derechos de Construcción, respecto al Contribuyente N° 419352-0, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección F, Quinta 11, Parcela 1B, Partida 12974 y habiendo efectuado el análisis del expediente de referencia; la Dirección de Fiscalización Tributaria informa que no existen objeciones sobre el pedido solicitado por el contribuyente; que el mismo cumple con lo requerido por la
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Ordenanza Fiscal Nº 6501/2016 y sus modificaciones según Titulo XV – de las exenciones – artículo 97 y adjunta listado de deuda a fs. 46;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2016, a la empresa TECHNIA S.A., con domicilio en Avenida Ameghino N° 1410, de esta Ciudad, de los Derechos de Construcción del inmueble con datos catastrales: Circunscripción I, Sección F, Quinta 11, Parcela 1B, Cuenta Nº 419352-0.-
ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 20 días del mes de agosto de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7042
Campana, 21 de agosto de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-469-E-MUNICAM-INT, del 21 de agosto de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal