1575,1981,1981-06-08,1981-06-08,ARTICULO 1º: Autorízase a la CAMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS a aplicar para el transporte de pasajeros en el Partido de Campana, las tarifas que a continuación se detallan, conforme al incremento acordado en el ámbito provincial por Decreto Nº 339 de fecha 20-5-81 emanado del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en las que se encuentra contemplado el diez por ciento 10% de incremento autorizado por la Dirección del Transporte del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires a fs. 246/247 del expediente Nº 4016-16476/76 Alc. 1:nnBoleto Escolar …………………………….. $ 600.-n1ra Sección ………………………………….$ 1.100.-n2da. Sección ………………………………..$ 1.430.-n3ra. Sección ………………………………….. $ 1.760.-n4ta. Sección ……………………………………$ 2.090.-n5ta. Sección ……………………………………$ 2.090.-n6ta. Sección ……………………………………$ 2.090.-n7ma. Sección ………………………………….$ 2.310. ARTICULO 2º: Los aumentos autorizados por la presente Ordenanza tendrán vigencia desde la cero 0 hora del día 21 de mayo de 1981. ARTICULO 3º: Por Dirección de Gobierno notifíquese a la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros con fotocopia autenticada de la presente Ordenanza. ARTICULO 4º: Cúmplase, Regístrase y Publíquese. nn