VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente N° 4016-19.558-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente de referencia obran las tramitaciones realizadas con el propósito de celebrar Contratos de Locación con opción de compra bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Que los bienes objeto de tales contrataciones estarán destinados al equipamiento municipal.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda por motivos de conveniencia económica y de oportunidad estima necesario realizar un nuevo contrato de leasing, manifiesta que el importe total respecto de los bienes que se pretenden adquirir mediante dicha operatoria asciende a $ 38.000.000.- (Treinta y ocho millones de pesos), el cual representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, teniendo en cuenta asimismo las variaciones futuras del mercado calculadas al momento de efectuarse la adquisición de los bienes en cuestión, adjuntando informe detallado de la Secretaría de Espacio Público y Descentralización a fs. 2, informe de la Secretaría de Economía y Hacienda a fs. 3, e-mail recibido con detalle de la operatoria de Leasing a fs. 4 y las Cotizaciones a fs. 5/9.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar Contratos de Locación con opción de Compra bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, por un importe total de $ 38.000.000.- (Treinta y ocho millones de pesos), importe que representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. Dichos importes estarán sujetos a modificaciones en atención a las variaciones de mercado y del tipo de cambio, con más los gastos que se devenguen en la operación.-
ARTICULO 2º.- Dispónese que los bienes objeto de tales contrataciones que se individualizan en detalle que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza, estarán destinados a la prestación de los servicios públicos a su cargo.-
ARTICULO 3º.- Dispónese que dichas contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que PROVINCIA LEASING S.A., tiene implementadas para ese tipo de operatoria.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 17 días del mes de junio de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7183
Campana, 24 de junio de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-394-E-MUNICAM-INT, del 24 de junio de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
ANEXO I
BIEN | CANTIDAD | MONTO TOTAL LEASING ESTIMADO |
CAMION VOLCADOR | 1 | $ 9.000.000.- |
RETROEXCAVADORA | 1 | $ 12.000.000.- |
MINICARGADORA | 2 | $ 14.000.000.- |
TRAILER | 1 | $ 1.300.000.- |
AUTOMÓVIL | 1 | $ 1.700.000.- |
TOTAL | $ 38.000.000.- |