VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); las Ordenanzas Fiscales Nº 6501 y Nº 7013; y el expediente Municipal N° 4016-33.061/2016; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 44 el Señor Vivona Carmelo Edilio, solicita exención de pago de la Tasa por Servicios Generales respecto del período fiscal 2019, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 197, Parcela 13, Cuenta N° 113835/0.
Que tal pedido lo solicita debido a su condición de jubilado con el haber mínimo, agregando para constancia fotocopia de su: Recibo de Haberes, Informe de ANSES, Escritura del inmueble en cuestión y de su Documento Nacional de Identidad.
Que en el expediente en mención obran los antecedentes de distintos actos administrativos mediante los cuales se le otorgo dicho beneficio en ejercicios anteriores y posteriores.
Que a fs. 67 obra acta de inspección, donde se verificó oportunamente el destino y funcionamiento del inmueble en cuestión.
Que a fs. 95 la Dirección General de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaria de Ingresos Públicos, manifiesta que efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido solicitado, e informa que el contribuyente cumple con lo requerido por la Ordenanza Fiscal Nº 6501, normativa vigente para aquel momento, y adjunta listado de deuda que mantiene la institución con el Municipio.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal Nº 7013 quedó derogada la Ordenanza Fiscal Nº 6501 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, paso a denominarse Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al período fiscal 2019, al Señor Vivona Carmelo Edilio , Documento Nacional de Identidad N° 4.719.780, respecto del pago de la Tasa por Servicios Generales, correspondiente a inmuebles de su propiedad identificados Catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 197, Parcela 13, Cuenta N° 113835/0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de julio de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7200
Campana, 22 de julio de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-483-E-MUNICAM-INT, del 22 de julio de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. LUCIA DEL CARMEN SCHIRRIPA SEBASTIÁN ABELLA
Directora General Intendente Municipal
Dirección General de Asuntos Judiciales
Delegación por Decreto N° 38/2020