VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); las Ordenanzas Fiscales Nº 6501 y Nº 7013; y el expediente Municipal N° 4016-164-1-1998; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 305 la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, solicita exención de pago de la Tasa por Servicios Generales del período fiscal 2018, respecto de inmuebles ocupados actualmente por personal Superior y Subalterno de la Institución.
Que en el expediente de referencia lucen los antecedentes de distintos actos administrativos, por medio de los cuales en diferentes ejercicios se otorgó el beneficio de exención de la Tasa citada.
Que a fs. 340 luce Acta de inspección, donde se verificó oportunamente el destino y funcionamiento de los inmuebles en cuestión.
Que a fs. 401 la Dirección General de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaria de Ingresos Públicos, manifiesta que efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido solicitado, e informa que el contribuyente cumple con lo requerido por la Ordenanza Fiscal Nº 6501, normativa vigente para aquel momento, y adjunta listado de deuda que mantiene la institución con el Municipio.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal Nº 7013 quedó derogada la Ordenanza Fiscal Nº 6501 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, paso a denominarse Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al período fiscal 2018, a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, respecto del pago de la Tasa por Servicios Generales, de los inmuebles identificados con datos catastrales:
Circunscripción I, Sección F, Manzana 29e, Parcela 13, Cuenta N° 135185/0
Circunscripción I, Sección F, Manzana 29e, Parcela 1, Cuenta N° 135173/0
Circunscripción IV, Sección A, Quinta 15, Parcela 2, UF 1 Cuenta N° 140134/0
Circunscripción IV, Sección A, Quinta 15, Parcela 3, UF 4, Cuenta N° 140160/0
Circunscripción IV, Sección A, Quinta 15, Parcela 3, UF 10 Cuenta N° 140738/0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de julio de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7201
Campana, 22 de julio de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-482-E-MUNICAM-INT, del 22 de julio de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. LUCIA DEL CARMEN SCHIRRIPA SEBASTIÁN ABELLA
Directora General Intendente Municipal
Dirección General de Asuntos Judiciales
Delegación por Decreto N° 38/2020