VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Específico para la ejecución de la obra “Colector Cloacal – Bº Lubo – Etapa 2”, suscripto entre el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA) y la Municipalidad de Campana de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del PLAN “ARGENTINA HACE”; y el expediente Nº 4016-19.727-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/8 luce copia del mencionado Convenio, el cual tiene por objeto brindar la asistencia financiera, por parte del ENOHSA a la Municipalidad para la ejecución de la obra “COLECTOR CLOACAL – Bº LUBO (ETAPA II)”.
Que a fs. 9/16 obra el Anexo I del mencionado Convenio y la Resolución dictada por el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento que aprueba el Convenio en cuestión.
Que la Municipalidad de Campana, se ha adherido oportunamente al Plan “ARGENTINA HACE”, en cuyo marco se ha suscripto el convenio mencionado.
Que la suscripción de este convenio específico importa la asistencia al financiamiento de la obra “COLECTOR CLOACAL – Bº LUBO (ETAPA II)” por la suma estimada de PESOS SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 61.498.754,46) por parte del Ministerio de Obras Públicas a través del ENOHSA.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41° del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Específico para la ejecución de la obra “Colector Cloacal – Bº Lubo – Etapa 2” suscripto en fecha 30 de junio de 2021, entre el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA) y la Municipalidad de Campana, en el marco del PLAN “ARGENTINA HACE”; y el Anexo I que forma parte integrante de dicho Convenio, cuyas copias lucen a fs. 2/12 del expediente Nº 4016-19.727-0-2021.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 19 días del mes de agosto de 2021.-
Cristina del Mármol ROMINA E. BUZZINI
Secretaria VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 7218
Campana, 26 de agosto de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-591-E-MUNICAM-INT, del 26 de agosto de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal