VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), y el Expediente Nº 4016-20463-0-2021; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2, el Señor Zenón Vicente Janco Bautista, en su carácter de Presidente de la Colectividad Boliviana de Campana Asociación Civil, solicita exención de pago de los Derechos de Construcción conforme Expediente Nº 4016-12.865/2019;
Que asimismo, fundamenta su solicitud en que dicha Asociación es sin fines de lucro y no dispone de medios económicos para solventar el gasto que demanda el pago de los derechos mencionados.
Que a fs. 3 a 13 vlta., se adjunta documentación respaldatoria de la registración y conformación de la Asociación Civil en cuestión.
Que a fs. 18, la Dirección de Obras Particulares informa que el expediente de obra civil N° 4016-12865/2019 corresponde a “salón de esparcimiento”, el mismo consta de un salón con baños y depósito con una superficie total de 748.18 m2;
Que a fs. 24, la Dirección de Entidades de Bien Público informa que la “Colectividad Boliviana de Campana Asociación Civil” se encuentra debidamente registrada como Entidad de Bien Público bajo el N° 246;
Que a fs. 39, la Secretaría de Ingresos Públicos, se expide sin objeciones a la solicitud que diera origen a las actuaciones;
Que a fs. 42, la Subdirección de Obras Particulares, adjunta la planilla de liquidación de derechos de construcción actualizada;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 40, y concordantes del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante establecer exenciones totales o parciales a los tributos municipales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Exceptúase a la Colectividad Boliviana de Campana Asociación Civil, del pago de los Derechos de Construcción, respecto a la construcción de un salón de esparcimiento a declarar, con un baño y un depósito con una superficie total de 748.18 m2, correspondientes a la planilla agregada a fs. 42, y en un todo de acuerdo con las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4016-12865-0-2019.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo anterior.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de octubre de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISRADA BAJO EL N° 7243
Campana, 15 de octubre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-737-E-MUNICAM-INT, del 15 de octubre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal