VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); las Ordenanzas Nº 6501 y Nº 7013; y el expediente Municipal Nº 4016-9495/2004; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fs. 185 el Señor HEREÑU Elbio Augusto, solicita exención de pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales por el año 2017.
Que tal pedido lo efectúa debido a su condición de ex combatiente y haber participado en las acciones bélicas acaecidas en el Atlántico Sur, según constancias agregadas en el expediente Nº 4016-9495/2004.
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 222, se verifica el inmueble donde el peticionante reside.
Que en el expediente en mención obran los antecedentes de distintos actos administrativos, mediante los cuales se le otorgó dicho beneficio en ejercicios anteriores.
Que la Dirección General de Administración Tributaria, manifiesta que, efectuado el análisis del mencionado expediente no existen objeciones sobre el pedido realizado e informa que el contribuyente cumple con lo requerido por la Ordenanza Fiscal Nº 6501, normativa vigente para aquel momento.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal 7013 quedó derogada la Ordenanza Fiscal 6501 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, pasó a denominarse Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2017, al Señor HEREÑU Elbio Augusto, con domicilio en calle Avda. Antonio Bellomo Nº 73, de esta Ciudad, de la Tasa por Servicios Generales, Cuenta Nº 152811/0.-
ARTICULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de octubre de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISRADA BAJO EL N° 7245
Campana, 15 de octubre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-739-E-MUNICAM-INT, del 15 de octubre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal