VISTO:
El Decreto–Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza N° 6501; y el expediente Municipal N° 4016-38.864/2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante notas obrantes a fs. 2 y 29 el Señor CARDOSO Oscar Adalberto, solicita exención de pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales por los años 2017 y 2018.
Que tal pedido lo efectúa debido a su condición de Jubilado con el haber mínimo y la discapacidad que padece, agregando para constancia: Recibo de Haberes, Certificado de Discapacidad e Informes de ANSES.
Que en Acta de Inspección obrante a fs. 64, se verifica el inmueble donde el peticionante reside.
Que en el expediente en mención obran los antecedentes de distintos actos administrativos, mediante los cuales se le otorgo dicho beneficio en ejercicios anteriores.
Que la Dirección General de Administración Tributaria, manifiesta que, efectuado el análisis del mencionado expediente no existen objeciones sobre el pedido realizado e informa que el contribuyente cumple con los requerido por la Ordenanza Fiscal N° 6501 respeto de los periodos 2017 y 2018 normativa vigente para aquel momento.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal 7013 quedó derogada la Ordenanza Fiscal 6501 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, pasó a denominarse Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2017 y 2018, al Señor CARDOSO Oscar Adalberto, D.N.I. 7.656.121, con domicilio en calle Luis del Greco N° 2875 , de esta Ciudad, por la Tasa por Servicios Generales, Cuenta N° 147638-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de octubre de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISRADA BAJO EL N° 7249
Campana, 15 de octubre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-732-E-MUNICAM-INT, del 15 de octubre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal