1649,1982,1982-08-10,1982-08-10,ARTÍCULO 1º.- Autorízase al “ROTARY CLUB DE CAMPANA”, a construir un edificio destinado a “ESCUELA LABORAL” cuyo objetivo será desarrollar la formación laboral en jóvenes discapacitados mentales, físicos y sociales, de ambos sexos, cuyas edades oscilen entre los 14 y 18 años y egresados de escuelas primarias con problemas de conducta o capacidad, en los inmuebles municipales, sitos entre calles Dorrego, Bertolini y Diagonal Lavalle y Santa María de Oro, Capilla del Señor y Lavalle, designadas catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzanas 307 y 308, con una superficie de 1463 m² cada uno, que en conjunto, pero en forma discontinua suman 2.962 m², pertenecientes a la Municipalidad de Campana, según dominio inscripto al Fº 76/1919, de acuerdo a los planos y proyectos previamente aprobados por la Dirección de Educación Especial del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2º.- Los gastos totales que demande la construcción de la obra a que se hace referencia en el artículo anterior, como así también los gastos de mantenimiento del edificio aún después de construido serán solventados por el “ROTARY CLUB DE CAMPANA”.-n nARTÍCULO 3º.- Una vez finalizada la construcción del edificio de la “Escuela Laboral”, éste será cedido en forma gratuita por la Entidad peticionante a la Dirección de Educación Especial de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 4º.- A los fines de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Ordenanza, otórgase al “ROTARY CLUB DE CAMPANA” un plazo de CINCO 5 años, contados a partir de la toma de posesión provisoria del inmueble, para finalizar la construcción aludida, vencido el cual quedará sin efecto la autorización otorgada precedentemente. ARTÍCULO 5º.- Por Secretaría de Gobierno notifíquese fehacientemente a la Entidad peticionante.-n nARTÍCULO 6º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.- n