VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.): las Ordenanzas Nº 6501 y Nº 6598; y el expediente Municipal N° 4016-4322/2018; y
CONSIDERANDO:
Que mediante notas obrantes a fs. 2 y 39 el Señor GOMEZ Carlos Enrique D.N.I. N° 13.673.581, solicita exención de pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales por los períodos 2018 y 2019, respecto del inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Manzana 12xx, Parcela 2, Cuenta N° 152818-0.
Que tal pedido lo efectúa debido a la dolencia que padece, y agrega para constancia fotocopia de la siguiente documentación: Certificado de Discapacidad, Certificado de Defunción de su esposa, Documento Nacional de Identidad, Recibo de Haberes y de la Escritura del Inmueble en cuestión.
Que según Acta de Inspección obrante a fs. 59, se verificó el inmueble donde el peticionante reside.
Que la Dirección General de Administración Tributaria a fs. 73 manifiesta que, vistas las notas obrantes en autos por las cuales el Señor GOMEZ Carlos Enrique, solicitó en tiempo y forma la exención de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, por el Contribuyente N° 152818-0, y efectuado el análisis del expediente de referencia no existen objeciones sobre el pedido realizado por el contribuyente, cumpliendo este con lo requerido por la Ordenanza Nº 6598, normativa vigente para aquel momento, respecto de los períodos Fiscales 2018 y 2019; y adjunta listado de deuda actualizado.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal Nº 7013 quedaron derogadas las Ordenanzas Nº 6501/16 – Nº 6598/17 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, pasó a denominarse por Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente a los años 2018 y 2019, al Señor GÓMEZ Carlos Enrique, D.N.I. N° 13.673.581, respecto del pago de la Tasa por Servicios Generales, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Manzana 12xx, Parcela 2, Cuenta N° 152818-0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de diciembre de 2021.-
Cristina del Mármol ROMINA E. BUZZINI
Secretaria VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 7283
Campana, 15 de diciembre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-832-E-MUNICAM-INT, del 15 de diciembre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal