VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); las Ordenanzas Nº 6501 y Nº 7013 (t.v.); y el expediente Municipal N° 4016- 20.537/2021; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fs. 2/3 la Señora MEDINA Graciela Ramona, solicita exención de pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente al período 2019, respecto del inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Chacra 2, Manzana 2h, Parcela 7, Cuenta 147956/0.
Que tal pedido lo realiza debido a su condición de Jubilada con el haber mínimo, agregando para constancia fotocopia de la siguiente documentación: Escritura del inmueble por el cual solicita la exención, Informe de ANSES y Documento Nacional de Identidad.
Que según Acta de Inspección obrante a fs. 24, se verificó el inmueble donde la peticionante reside.
Que la Dirección General de Administración Tributaria a fs. 29 manifiesta que no existen objeciones que formular para acceder a lo solicitado, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal, adjunta listado de deuda e indica que la contribuyente no posee Título Ejecutivo.
Que con la entrada en vigencia de la Ordenanza Fiscal Nº 7013 quedó derogada la Ordenanza Fiscal Nº 6501 y la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales, paso a denominarse Servicios Generales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Condónase la deuda correspondiente al año 2019, a la Señora MEDINA Graciela Ramona, D.N.I. N° 6.391.218, respecto del pago de la Tasa por Servicios Generales, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Chacra 2, Manzana 2h, Parcela 7, Cuenta N° 147956/0.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de diciembre de 2021.-
Cristina del Mármol ROMINA E. BUZZINI
Secretaria VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 7286
Campana, 15 de diciembre de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-822-E-MUNICAM-INT, del 15 de diciembre de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal