DIGESTO

Expediente N°1674

1674,1982,1982-11-30,1982-11-30,ARTICULO 1º: Fíjase para el Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del Partido de Campana, las tarifas que a continuación se indican:nnPor bajada de bandera ……………………………. $ 15.000,00.-nPor cada 100 m. recorridos ……………………….$ 1.200.00.-nPor cada minuto de espera ……………………….$ 1.200,00.-nPor cada bulto que exceda los nAutorizados a llevar sin cargo ……………………$ 4.000,00. nARTICULO 2º: Las tarifas establecidas en el artículo anterior regirán a partir de la cero hora del día 1º de diciembre de 1982, siempre y cuando los propietarios de taxímetros hubieran dado cumplimiento a lo exigido en los arts. 2º in fine y 18º de la Ordenanza Nº 1376/78. ARTICULO 3º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza Nº 1657 del 3 de septiembre de 1982. ARTICULO 4º: Cúmplase, Regístrese y Publíquese.-n